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DECRETO9381912191210 script var date = new Date(08/10/1912); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XLVII. N. 14718. 5, OCTUBRE, 1912. PÁG. 1MINISTERIO DE GUERRASobre creación del puesto de Médico de Sanidad en las islas de San Andrés y ProvidenciaVigentefalsefalseDefensa NacionalfalseDECRETO ORDINARIO15/10/191215/10/1912147187931

DIARIO OFICIAL. AÑO XLVII. N. 14718. 5, OCTUBRE, 1912. PÁG. 1

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 938 DE 1912

(octubre 08)

Sobre creación del puesto de Médico de Sanidad en las islas de San Andrés y Providencia

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

teniendo en cuenta las autorizaciones de la Ley 106 de 1882, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1.° Créase el empleo de Médico de Sanidad en las islas de San Andrés y Providencia, con la asignación mensual de $ 50 y las obligaciones siguientes: 

  

a) Las que corresponden a los Médicos de Sanidad, de acuerdo con los reglamentos, convenciones y demás disposiciones relativas a sanidad de puertos. 

  

b) Las de Médico Oficial para los efectos de atender, a las guarniciones de la Policía Nacional, Gendarmería o cualquiera otro Cuerpo de fuerza pública, que no lleven su Médico especial. 

  

c) Las de Médico Legista; y 

  

d) Las de Médico de Hospital en los casos de epidemia. 

  


Artículo 2.° Los gastos que ocasione la ejecución del presente Decreto se imputarán al capítulo. 8.°, artículo 10, del Presupuesto de la actual vigencia. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 8 de octubre de 1912. 

  

CARLOS E. RESTREPO 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

pedro m. CARREÑO