DIARIO OFICIAL. AÑO CXLII. N. 46579. 23, MARZO, 2007. PÁG. 1.
RESUMEN DE JURISPRUDENCIA [Mostrar] |
DECRETO 926 DE 2007
(marzo 23)
por el cual se modifica el artículo 11 del Decreto 3454 de 2006.
ESTADO DE VIGENCIA: Compilado. [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 3454 de 2006, se reglamentó la Ley 588 de 2000 la cual dispone que el nombramiento de los notarios en propiedad se hará mediante concurso público y abierto de méritos;
Que con el fin de garantizar el derecho a la igualdad de los ciudadanos en el acceso a las condiciones del concurso para el ingreso a la carrera notarial, se hace necesario equilibrar con relación a otros concursos desarrollados para el acceso a cargos públicos, el puntaje mínimo para integrar las listas de elegibles,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifíquese el artículo 11 del Decreto 3454 en cuanto a establecer que el puntaje mínimo para la integración de las listas de elegibles para cada círculo notarial será de sesenta (60) puntos.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de marzo de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Carlos Holguín Sardi.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Antonio Grillo Rubiano.