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DECRETO8921928192805 script var date = new Date(16/05/1928); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXIV. N. 20812. 6, JUNIO, 1928. PÁG. 15.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se organizan trabajos en dos carreteras nacionalesVigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO06/06/192806/06/19282081253515

DIARIO OFICIAL. AÑO LXIV. N. 20812. 6, JUNIO, 1928. PÁG. 15.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 892 DE 1928

(mayo 16)

Por el cual se organizan trabajos en dos carreteras nacionales

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en sus de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1o Delégase a la Gobernación del Departamento de Bolívar la administración de los trabajos de las carreteras Montería-Magangué y Zambrano-Carmen-Calamar. 

  


Artículo 2o La expresada Gobernación señalará el orden en que deban ejecutarse tales trabajos, y procurará el estricto cumplimiento de las disposiciones consignadas en los artículos 8o, 28, 29 y 30 de la Ley 70 de 1916, y de los reglamentos expedidos y que expida la Dirección General de Caminos Nacionales. 

  


Artículo 3o Las asignaciones y nombramientos que haga dicha Gobernación de conformidad con la facultad que le confiere este Decreto, requieren para su legalidad la aprobación del Ministerio de Obra Públicas. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 16 de mayo de 1928. 

  

MIGUEL ABADIA MENDEZ 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Sotero PEÑUELA