DIARIO OFICIAL. AÑO LXIV. N. 20788. 8, MAYO, 1928. PÁG. 4.
DECRETO 764 DE 1928
(abril 26)
Por el cual se complementa la dotación de la Compañía Terrestre de Aviación a que se refiere el Decreto número 602 de 4 de abril de 1927, expedido en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 51 de 1925
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1.° La Compañía Terrestre de Aviación a que se refiere el Decreto número 602 de 1927, tendrá desde el primero de enero de mil novecientos veintinueve, el siguiente personal:
Un Capitán, Comandante.
Un Teniente.
Tres Subtenientes.
Un Sargento primero.
Seis Sargentos segundos.
Cuatro Cabos primeros.
Cuatro Cabos segundos.
Un Corneta.
Un Tambor.
Sesenta soldados.
Un Capellán.
Un Profesor de radio con $ 120 mensuales.
Un Escribiente segundo.
Un Ecónomo.
Un Carpintero segundo.
Un Sastre segundo.
Un Zapatero segundo.
Un Armero segundo.
Un Peluquero primero.
Un Ranchero primero.
Dos Rancheros segundos; y
Tres asistentes.
Artículo 2.° El Contador, el Oficial de Sanidad y el Enfermero de la Escuela de Aviación Militar, lo serán también de la Compañía Terrestre de Aviación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de abril de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ.
El Ministro de Guerra,
Ignacio RENGIFO B.