DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23478. 14, MAYO, 1937. PÁG. 1.
DECRETO 742 DE 1937
(abril 07)
Por el cual se crean transitoriamente unos Juzgados de Instrucción en el Cuerpo Auxiliar del Poder Judicial
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades que le confiere el articulo 14 del decreto 1100 de 1934,
DECRETA:
Artículo 1° Créanse en el Cuerpo Auxiliar del Poder Judicial cinco nuevos Juzgados de Instrucción, con el personal y las asignaciones mensuales siguientes:
Un Juez | $ | 180 |
Un Secretario | 100 |
Artículo 2° Los Juzgados que se crean por el presente Decreto funcionarán durante el tiempo que sea necesario para investigar los hechos denunciados al Gobierno a raíz del último debate electoral.
Artículo 3° Los gastos que implique el cumplimiento de este Decreto, en lo relativo a sueldos y viáticos, se imputarán a los artículos 66 y 67, capítulo 17, del actual Presupuesto, respectivamente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de abril de 1937.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS CAMARGO