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DECRETO7421921192106 script var date = new Date(02/06/1921); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 17729. 8, JUNIO, 1921. PÁG. 3.MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICAPor el cual se hace extensiva a los Comisarios Especiales una facultad atribuida a los Intendentes NacionalesVigentefalsefalseSalud y Protección SocialfalseDECRETO ORDINARIO08/06/192108/06/1921177294233

DIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 17729. 8, JUNIO, 1921. PÁG. 3.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 742 DE 1921

(junio 02)

Por el cual se hace extensiva a los Comisarios Especiales una facultad atribuida a los Intendentes Nacionales

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones, y 

  

considerando: 

  

Que es también de urgencia el fijar a qué entidad oficial corresponde en las Comisarías Especiales otorgar los permisos de que trata el Decreto número 715, de 28 de mayo último, 

  

decreta

  


Corresponde a los Comisarios Especiales el conceder en el territorio de su mando los permisos necesarios para poder ejercer las profesiones médicas, al tenor de la Ley 83 de 1914. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 2 de junio de 1921. 

  

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Instrucción Pública, Miguel ABADIA MENDEZ