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DECRETO7351921192105 script var date = new Date(31/05/1921); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 17725. 6, JUNIO, 1921. PÁG. 4.MINISTERIO DEL TESOROPor el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económicaVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO06/06/192106/06/1921177254084

DIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 17725. 6, JUNIO, 1921. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 735 DE 1921

(mayo 31)

Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 1° de la Ley 55 de 1918 cuya vigencia fue prorrogada por el artículo 11 de la Ley 93 de 1920, 

  

Decreta : 

  


Artículo 1° Trasladase en el Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1° de enero a 31 de diciembre de 1921, del Ministerio de Obras Públicas, capítulo 70, auxilios y gastos de fomento artículo 843, la sume de quince mil ochocientos treinta y siete pesos noventa y tres centavos ($ 15,837-93), a la siguiente imputación: 

  

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS 

  

CAPITULO 71 

  

Gastos varios. 

Artículo 868 Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio

  

$15,837.93
Total$15.837 93

Artículo 2° La Dirección general de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de. Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Obras Públicas y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar: el presente Decreto. 

  

Publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 31 de mayo de 1921. 

  

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Obras Públicas, encargado del, Despacho del Tesoro, Esteban JARAMILLO.