DECRETO6801942194203 script var date = new Date(13/03/1942); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24914. 20, MARZO, 1942. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se deroga en parte una disposición y se restablece una División de la Policía NacionalVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO ORDINARIO20/03/194220/03/19422491410011

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24914. 20, MARZO, 1942. PÁG. 1.

DECRETO 680 DE 1942

(marzo 13)

Por el cual se deroga en parte una disposición y se restablece una División de la Policía Nacional

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1.° Derógase el artículo 8.° del Decreto 1220 de 1940, en cuanto suspende indefinidamente el funcionamiento de la X División de la Policía Nacional, la cual, desde el 16 del presente mes, principiará a funcionar con el personal indicado en el artículo 22 del Decreto legislativo 505 de 1940, así: 

Mensuales.
1Mayor, con$200.00
1Capitán, con150.00
2Tenientes, cada uno con $ 120240.00
5Subtenientes, cada uno con $ 105525.00
4Alféreces, cada uno con $ 80320.00
11Sargentos, cada uno con $ 75825.00
12Cabos, cada uno con $ 70840.00
250Agentes, cada uno a $ 6516.250.00
1Enfermero, con $ 6060.00
1Peluquero, con50.00
1Sastre50.00
1Carpintero50.00
1Cocinero45.00
11 Cocinero Ayudante, con40.00
10Sirvientes, cada uno con $ 35350.00


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2.° Destinase la cantidad de ochenta y cinco mil quinientos pesos ($ 85.500) para la dotación y equipo durante el presente año de los unidades militares a que se refiere el anterior artículo. 

  


Artículo 3.° El Ministerio de Gobierno propondrá al de Hacienda y Crédito Público los traslados que sean necesarios para atender a los gastos a que este Decreto se refiere. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 13 de marzo de 1042. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de gobierno, 

  

Luis TAMAYO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO