DECRETO 641 DE 1982
DECRETO6411982198203 script var date = new Date(03/03/1982); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL AÑO CXVIII. N. 35975. 30, MARZO, 1982. PÁG. 5.MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESPor el cual se dicta una disposición sobre expedición de VisasVigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalseDECRETO ORDINARIO30/03/198203/03/1982359758695

DIARIO OFICIAL AÑO CXVIII. N. 35975. 30, MARZO, 1982. PÁG. 5.

DECRETO 641 DE 1982

(marzo 03)

Por el cual se dicta una disposición sobre expedición de Visas

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia 

  

en uso de sus facultades constitucionales y legales, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Prorrógase hasta el primero de agosto de 1982 el plazo para que los extranjeros titulares de visas vigentes, expedidas con anterioridad a la vigencia del Decreto 2955 de 1980 ajusten su situación jurídica a lo establecido en el citado Decreto. 

  


Artículo segundo. Modifícanse los artículos 6º del Decreto 667 de 1981 y 135 del Decreto 2955 de 1980 de conformidad con el artículo anterior. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo tercero. Este Decreto rige a partir de la fecha de tu expedición. 

  

Comuníquesey publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 3 de marzo de 1982. 

  

JULIO CESAR TURBAY AVALA 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Carlos Lemos Simmonds. 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Jorge Mario Eastman. 

  

El Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad, 

  

Manuel Guillermo Silva González.