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DECRETO6231922192205 script var date = new Date(05/05/1922); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LVIII. N. 18270. 12, MAYO, 1922. PÁG. 3.MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIOSobre baldíos y bosques nacionalesVigentefalsefalseAgricultura y Desarrollo RuralfalseDECRETO ORDINARIO12/05/192212/05/1922182702833

DIARIO OFICIAL. AÑO LVIII. N. 18270. 12, MAYO, 1922. PÁG. 3.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 623 DE 1922

(mayo 05)

Sobre baldíos y bosques nacionales

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El primer designado, encargado del poder ejecutivo, 

  

en ejercicio de las facultades conferidas al Gobierno por los artículos 7° y 9° de la Ley 85 de 1.920, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Decláranse reservados, para ser explotados únicamente como bosques nacionales, los baldíos existentes en la Sierra Nevada de Santa Marta. 

  


Artículo 2°. En las adjudicaciones de baldíos solicitadas a virtud de ocupación con ganados, además de los requisitos exigidos por el citado artículo 9° de la Ley 85 de 1.920, fijase en una res por cada hectárea la proporción a que esa misma disposición se refiere. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, a 5 de mayo de 1.922. 

  

JORGE HOLGUIN El Secretario el Ministerio de Agricultura y Comercio, Encargado del Despacho. Clodomiro FORERO VARGAS.