DECRETO6201994199403 script var date = new Date(22/03/1994); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 41283. 25, MARZO, 1994. PAG. 5.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOpor el cual se aclara el artículo 7o. del Decreto 2681 de 1993DEROGADOfalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsefalseDECRETO REGLAMENTARIO25/03/199425/03/19944128355

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 41283. 25, MARZO, 1994. PAG. 5.

DECRETO 620 DE 1994

(marzo 22)

por el cual se aclara el artículo 7o. del Decreto 2681 de 1993

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y conforme a lo dispuesto en el Decreto 2112 de 1992 y la Ley 80 de 1993, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º Aclárase el artículo 7º del Decreto 2681 de 1993, en el sentido en que las operaciones de crédito público para las cuales el Capítulo II del mencionado Decreto no consagró una regulación particular, también se sujetarán a las disposiciones relativas a los empréstitos, según se trate de operaciones internas o externas y la entidad estatal que las celebre. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 22 de marzo de 1994. 

  

CESAR GAVIRIA TRUJILLO 

  

EL Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Rudolf Hommes.