DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXVIII. 45128. 15, MARZO, 2003. PAG. 1
DECRETO 574 DE 2003
(marzo 12)
por el cual se derogan las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Decreto 2357 de 1995.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y por el literal c) del artículo 154 de la Ley 100 de 1993,
DECRETA:
Artículo 1º. Deróguese el contenido de los artículos 13, 14 y 15 del Decreto 2357 de 1995 que hacen referencia a la selección de entidades administradoras de subsidio.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 2º. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de marzo de 2003.
ALVARO URIBE VELEZ
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.