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DECRETO5621942194202 script var date = new Date(28/02/1942); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24901. 4, MARZO, 1942. PÁG.9.MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONALPor el cual se dicta una medida sobre desnaturalización de alcohol etílicoVigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO04/03/194204/03/1942249017699

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24901. 4, MARZO, 1942. PÁG.9.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 562 DE 1942

(febrero 28)

Por el cual se dicta una medida sobre desnaturalización de alcohol etílico

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere la Ley 128 de 1941, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. El Ministerio de la Economía Nacional fijará las fórmulas de impotabilizantes o desnaturalizantes para el alcohol etílico de producción nacional, teniendo en cuenta el uso industrial a que se destina el alcohol. 

  

Queda en estos términos modificado el artículo 2°, inciso 2° de la Ley 34 de 1925. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


Comuníquese y Publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 28 de febrero de 1942. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Economía Nacional 

  

Marco Aurelio ARANGO