DIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 41254. 7, MARZO, 1994. PAG. 7.
ÍNDICE [Mostrar] |
RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
DECRETO 498 DE 1994
(marzo 04)
por el cual se modifica y derogan algunos artículos del Decreto 137 de 1993
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1ºModifícase el artículo 12 del Decreto 137 de 1993, el cual quedará así:
"El Ministerio de Minas y Energía, podrá entregar para su administración los bienes revertidos a sus entidades adscritas o vinculadas que tengan a su cargo el manejo de recursos naturales no renovables o en su defecto a los municipios donde se encuentren ubicados dichos bienes.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 4 de marzo de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Minas y Energía,
Guido Nule Amín.