DECRETO4721928192803 script var date = new Date(14/03/1928); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXIV. N. 20750. 21, MARZO, 1928. PÁG. 8.MINISTERIO DE OBRAS PUBLICASPor el cual se distribuye la partida global contenida en el artículo 770, capítulo 61, de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en cursoVigentefalsefalseTransportefalseDECRETO ORDINARIO21/03/192821/03/1928207504328

DIARIO OFICIAL. AÑO LXIV. N. 20750. 21, MARZO, 1928. PÁG. 8.

DECRETO 472 DE 1928

(marzo 14)

Por el cual se distribuye la partida global contenida en el artículo 770, capítulo 61, de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

en uso de sus facultades legales, 

  

decreta: 

  


Artículo único. Distribúyese la partida global contenida en el artículo 770, capítulo 61, de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, en la forma siguiente: 

Para conservación, del Capitolio Nacional y reparación de edificios nacionales de la capital y de fuera de ella$ 60,000
Para la continuación del Palacio de Justicia38,000
Para la continuación de la Facultad de Medicina38,000
Para la continuación de la obra del Buen Pastor20,000
Para conservación de parques y del Paseo Bolívar20,000
Para continuación de la obra del Departamento de Provisiones10,000
Para continuación de la obra del patio de Santo Domingo5,000
Para compra de Lotes y edificios en la capital100,000
Para la casa penitenciaria del Socorro (artículo 3º de la Ley 23 de 1925)10,000
Para la casa penitenciaria de Cúcuta (artículo 5º de la Ley 23 de 1925)20,000
Para la casa penitenciaria de Pamplona (artículo 5º de la Ley 23 de 1925)20,000
Para la casa penitenciaria de Popayán (parágrafo del artículo 5º de la Ley 23 de 1925)20,000
Para la Cárcel de Chiquinquirá (artículo 7º de la Ley 23 de 1925)8,000
Para la Cárcel de Vélez (artículo 7º de la Ley 23 de 1925 y 4º de la Ley 37 de 1926)16.000
Para la Cárcel de Tolú (Ley 37 de 1926)10,000
Para atender a la construcción del Colegio y Escuelas Salesianas de Artes y Oficios de Bogotá25,000
Para los edificios nacionales de correos y telégrafos de Tunja (Ley 101 de 1923)20,000
Para los edificios nacionales de correos y telégrafos de Pasto (Ley 101 de 1923)20,000
Para el edificio de la Agencia Postal de Cartagena (Ley 101 de 1923)40,000
Suma el artículo$ 500,000

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 14 de marzo ele 1928. 

  

MIGUEL ABADIA MENDEZ 

  

El Ministro Obras Públicas, 

  

Sotero PEÑUELA.