DIARIO OFICIAL. AÑO CXX. N. 36537. 20, MARZO, 1984 PÁG. 12.
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RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
DECRETO 471 DE 1984
(febrero 23)
Por el cual se establece una remuneración para algunos empleos
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO LEY
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 52 de 1983,
decreta:
Artículo 1° Los empleos de Director Genera y de Jefe de la Oficina Jurídica de Planeación del Ministerio de Minas y Energía, tendrán una remuneración mensual equivalente al noventa y cinco por ciento (95%) de la que por concepto de asignación básica y gastos de representación corresponda al cargo de Secretario General de Ministerio y Departamento Administrativo, El cincuenta por ciento (50%) de dicha remuneración tendrá el carácter de gastos de representación.
TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 23 de febrero de 1984.
belisario betancur
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Edgar Gutiérrez Castro. El Ministro de Minas y Energía, Carlos Martínez Simahán. La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Erlcina Mendoza Saladén.