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DECRETO4451994199402 script var date = new Date(24/02/1994); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 41242. 28, FEBRERO, 1994. PAG. 4.MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIORpor el cual se aclara el artículo 2o. del Decreto 2717 de 1993VigentefalsefalseRelaciones ExterioresfalsefalseDECRETO ORDINARIO28/02/199428/02/19944124244

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 41242. 28, FEBRERO, 1994. PAG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 445 DE 1994

(febrero 24)

por el cual se aclara el artículo 2o. del Decreto 2717 de 1993

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y de conformidad con lo establecido en el artículo 58 del código de régimen político y municipal, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º Aclarar el artículo 2º del Decreto 2717 de 1993, en el sentido de precisar que las derogatorias dispuestas en el mismo se refieren exclusivamente a aquellas disposiciones que establecían las condiciones de acceso al mercado colombiano de los productos originarios y provenientes de Chile y por lo tanto, las preferencias otorgadas por Colombia a México contenidas en el artículo 1º del Decreto 2583 de 1988, continúan vigentes. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquesey cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 24 de febrero de 1994. 

  

CESAR GAVIRIA TRUJILLO 

  

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del, Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Héctor Cadena Clavijo. 

  

El Viceministro de Comercio Exterior encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio Exterior, 

  

Juan José Echavarría S.