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DECRETO4211994199402 script var date = new Date(23/02/1994); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 41236. 23, FEBRERO, 1994. PAG. 6.MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHOpor el cual se modifica el Decreto 1813 del 13 de septiembre de 1993VigentefalsefalseJusticia y del DerechofalsefalseDECRETO ORDINARIO23/02/199423/02/19944123666

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXIX. N. 41236. 23, FEBRERO, 1994. PAG. 6.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 421 DE 1994

(febrero 23)

por el cual se modifica el Decreto 1813 del 13 de septiembre de 1993

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que mediante Decreto número 1813 del 13 de septiembre de 1993, el Gobierno Nacional creó la Notaría 5a. en el círculo notarial de la ciudad de Cartagena, Bolívar, la cual fue ubicada en la comuna 29; 

  

Que la Superintendente Delegada para el Notariado (E) de la Superintendencia de Notariado y Registro practicó una visita a la ciudad de Cartagena recorriendo personalmente las comunas 29 y 31 con el fin de verificar la necesidad de reubicar o no la Notaría 5a. 

  

Que la comuna 29 conformada por los barrios Blas de Lezo y Plan 400 es una comuna netamente residencial sin que exista mayor desarrollo económico y social; 

  

Que en la comuna 31 se aprecia mayor desarrollo industrial y comercial toda vez que allí se ha venido trasladando parte del sector comercial e industrial de la ciudad tales como: bancos, corporaciones, centros comerciales, donde además de tiendas de cadena existen oficinas de Telecom, centros médicos, odontológicos, clínica del Seguro Social, un hospital popular y próximamente se construirá además el terminal de transporte, constituyéndose en el corazón del sector sur de la ciudad; 

  

Que de acuerdo con los anteriores análisis la comuna 31 es más accequible al público y al reubicarse allí la Notaría 5a. se satisface plenamente a la comunidad por cuanto se puede prestar un mejor servicio notarial; 

  

Que por lo anteriormente expuesto, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º. El artículo 1o. del Decreto 1813 del 13 de septiembre de 1993 quedará así: 

  

Créase en el círculo notarial de la ciudad de Cartagena, Bolívar, la Notaría 5a., la cual tendrá su ubicación en la comuna 31. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquesey cúmplase. 

  

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 23 de febrero de 1994; 

  

CESAR GAVIRIA TRUJILLO 

  

El Ministro de Justicia y del Derecho, 

  

Andrés González Díaz.