DIARIO OFICIAL. AÑO XLIV. N. 13241. 6, ABRIL, 1908. PÁG. 1
DECRETO 365 DE 1908
(marzo 30)
Por el cual se fija el personal de empleados y obreros de la Imprenta Nacional y se señalan sus asignaciones
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que habiéndose reducido en el Presupuesto la partida destinada para los gastos de personal y material de la Imprenta Nacional en un veinte por ciento (20 por 100), conforme á lo dispuesto por el Consejo de Ministros, es indispensable disminuir el número de empleados y obreros que prestan sus servicios en ese establecimiento, y por consiguiente disminuir también en cuanto sea posible el trabajo que ha existido hasta hoy en la misma Imprenta,
DECRETA:
Artículo 1.° Desde el 1.° de Abril próximo venidero el personal de empleados y obreros de la Imprenta Nacional se reduce al siguiente, con las asignaciones mensuales que se expresan á continuación:
Artículo 2.° Desde la misma fecha las publicaciones periódicas que se editarán en la Imprenta Nacional serán las siguientes:
Diario Oficial.
Gaceta Judicial.
Anales del Consejo de Ministros.
Boletín del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Organización del servicio de Tesorería, siempre que haya materiales para cada tomo.
Parágrafo. También se terminarán las obras que están principiadas en la misma Imprenta, á medida que lo permitan los trabajos de preferente atención y en el orden que indique el Ministerio de Gobierno.
Artículo 3.° Los obreros que cesen en sus funciones á virtud de lo dispuesto en este Decreto recibirán de los fondos nacionales, pagadero por el Cajero de la Imprenta, un auxilio correspondiente al valor de una década.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 30 de Marzo de 1908.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
M. VARGAS