DIARIO OFICIAL. AÑO LXXI. N. 22835. 30, ABRIL, 1864. PÁG. 12.
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DECRETO 363 DE 1935
(febrero 28)
Por el cual se reforma el marcado con el número 85, de 19 de enero del corriente año
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. El artículo 3° del Decreto número 85 de 19 de enero último quedará así:
"Los $ 200,000, destinados para las vías del Sur, capítulo 56, artículo 256-N, del Presupuesto en curso, se distribuirán en la siguiente forma: para la carretera de La Tagua-Caucayá, $ 65,000; para el camino del Caguán, $ 65,000; para el camino de Pasto a Puerto Asís, $ 50,000, y para la vía Pasto-La Unión, $ 20,000.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de febrero de 1935.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Obras Públicas,
César GARCIA ALVAREZ.