DIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21643. 17, MARZO, 1931. PÁG. 6.
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DECRETO 319 DE 1931
(febrero 14)
Por el cual se traslada una partida
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
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Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que por el Ministerio de Educación Nacional se han llenado los requisitos exigidos por el artículo 17 de la Ley 34 de, 1923, sobre traslados en las leyes de apropiación, y
Que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 13 del mes en curso, aprobó el traslado que por la suma de $ 23,335; solicitado por el señor Ministro de Educación Nacional,
DECRETA:
Artículo único. Trasládase al artículo 283 del capítulo 49, de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, la suma de veintitrés mil trescientos treinta y cinco pesos ($ 23,335) tomándola de las apropiaciones del artículo 282 del mismo capítulo.
Parágrafo. Dése cuenta a quienes corresponda, y publíquese.
Dado en Bogotá a 14 de febrero de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Educación Nacional,
Abel CARBONELL