DIARIO OFICIAL AÑO XCVII. N. 30446, 18 FEBRERO, 1961.PÁG. 7.
ÍNDICE [Mostrar] |
DECRETO 303 DE 1961
(febrero 10)
Por el cual se distribuye una partida global correspondiente al presupuesto de gastos de funcionamiento del ministerio de Hacienda y Crédito Público
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y.
CONSIDERANDO:
Que la ley 193 de 1959 dispuso que la Nación pagara el 50% del valor del sostenimiento de la Policía en aquellos departamentos en donde aún no se hubiera nacionalizado dicho Cuerpo, y
Que, de conformidad con el artículo 6° de la Ley 62 de 1960 las partidas globales liquidadas en el Presupuesto, deben ser distribuidas por el Gobierno.
DECRETA:
Artículo 1° Hácese la siguiente distribución de la partida global liquidada en el presupuesto de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para el funcionamiento de la Policía en los Departamentos:
| MINISTERIODE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. | ||
| CAPITULO 0410. | ||
| Financiamiento a cargo del Ministerio. | ||
| Programa IV | ||
| Financiamiento a Departamentos, Municipios y territorios Nacionales. | ||
| Transferencias. | ||
| Artículo 04181. Financiamiento Policía de los Departamentos, así: | ||
| Ordinal 1) Departamento de Antioquia | $ | 7.089.152.67 |
| Ordinal 2) Departamento del Atlántico | 1.314.885.59 | |
| Ordinal 3) Departamento de Bolívar | $ | 1.314.885.30 |
| Ordinal 4) Departamento de Caldas | 3.540.076.34 | |
| Ordinal 5) Departamento de Cundinamarca | 4.045.801.52 | |
| Ordinal 6) Departamento del Magdalena | 1.112.595.42 | |
| Ordinal 7).Departamento Norte de Santander | 1.820.610.08 | |
| Ordinal 8) Departamento de Santander | 2.225.190.85 | |
| Ordinal 9) Departamento del Valle | 1.043.891.52 | |
| Suma | $ | 26.500.000.00 |
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 10 de febrero de 1961.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa