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DECRETO2691958195807 script var date = new Date(16/07/1958); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCVI. N. 29969. 10, JUNIO, 1959. PÁG. 6.PODER EJECUTIVOPor el cual se autorizan unos auxiliosVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseGasto publico|Presupuesto publicofalseDECRETO LEGISLATIVONorma no vigente porque agotó su objetofalse10/06/195916/07/1958299696146

DIARIO OFICIAL. AÑO XCVI. N. 29969. 10, JUNIO, 1959. PÁG. 6.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 269 DE 1958

(julio 16)

Por el cual se autorizan unos auxilios

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO

La Junta Militar de Gobierno de Colombia, 

  

obrando de conformidad con las disposiciones del artículo 121 de Id Constitución Nacional, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. Auxílianse, por una sola vez, con las cantidades que se fijan a continuación, las siguientes instituciones, sumas que se girarán a los Tesoreros. Síndicos o Habilitados de cada una de: las entidades favorecidas, previo el cumplimiento de las disposiciones administrativas y riscales vigentes para esta clase de erogaciones, y de las especiales que dicte el Contralor General de la República, en desarrollo de este Decreto. 

  

Presupuesto del Ministerio de Obras Publicas 

  

Capítulo 507. - Articuló G052. 

Ordinal 5) Para terminación del edificio de la Casa Municipal de Yarumal, en el Departamento de Antioquia$80.000.00
Para el Hospital de San Rafael de Carolina$10.000.00

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean- contrarias. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 10 de julio de 1958. 

  

Mayor General GABRIEL PARIS G.

  

Presidente de la Junta. 

  

Mayor General Deogracias Fonseca. Vicealmirante Rubén Piedrahita Arango. Brigadier General Rafael Navas Pardo. Brigadier General Luis E. Ordóñez C. 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Mayor General Pioquinto Rengifo 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Carlos Sanz de Santamaría 

  

El Ministro de Justicia, 

  

Rodrigo Noguera Laborde 

  

Ei Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Jesús María Marulanda 

  

El Ministro dé Guerra, 

  

Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya 

  

El Ministro de Agricultura, 

  

Jorge Mejía Salazar 

  

El Ministro del Trabajo, 

  

Raimundo Emiliani Román 

  

El Ministro de Salud Pública, 

  

Juan Pablo Llinás 

  

El Ministro de Fomento, 

  

Harold H. Eder 

  

El Ministro de Minas y Petróleos, 

  

Julio César Turbay Ayala 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Alonso Carvajal Peralta 

  

El Ministro de Comunicaciones, 

  

Brigadier General Alfonso Ahumada Ruiz 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Roberto Salazar Gómez