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DECRETO2402005200502 script var date = new Date(07/02/2005); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXL. N. 45816. 8, FEBRERO, 2005. PÁG. 38.MINISTERIO DE TRANSPORTEpor medio del cual se modifica el Decreto 1790 de 2003 por el cual se suprime el Fondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV, y se ordena su liquidación.VigentefalsefalseTransportefalsefalseDECRETO ORDINARIO08/02/200508/02/2005458163838

DIARIO OFICIAL. AÑO CXL. N. 45816. 8, FEBRERO, 2005. PÁG. 38.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 240 DE 2005

(febrero 07)

por medio del cual se modifica el Decreto 1790 de 2003 por el cual se suprime el Fondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV, y se ordena su liquidación.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial la que le confiere el artículo 3º del Decreto-ley 254 de 2000, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º. Modifícase el artículo 3º del Decreto 1790 de 2003, el cual quedará así: 

  

Artículo 3º. Órgano de dirección de la liquidación. Es órgano de dirección de la liquidación delFondo Nacional de Caminos Vecinales, FNCV, en Liquidación el liquidador, cuyos actos se regirán por lo dispuesto en el presente Decreto. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2º. Deróganse los artículos 4º, 5º y 6º del Decreto 1790 de 2003. 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de febrero de 2005. 

  

ÁLVARO URIBE VÉLEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Alberto Carrasquilla Barrera. 

  

El Ministro de Transporte, 

  

Andrés Uriel Gallego Henao. 

  

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, 

  

Fernando Grillo Rubiano.