DECRETO2341958195802 script var date = new Date(13/02/1958); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCIV. N. 29636. 8, ABRIL, 1958. PÁG. 9.MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIAQue autoriza unas importacionesVigentefalsefalseAgricultura y Desarrollo RuralfalseDECRETO ORDINARIO08/04/195808/04/195829636739

DIARIO OFICIAL. AÑO XCIV. N. 29636. 8, ABRIL, 1958. PÁG. 9.

DECRETO 234 DE 1958

(febrero 13)

Que autoriza unas importaciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, 

  

decreta

  


Articulo Único. Autorizase a la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas para importar, con exención de derechos de aduana y de giros, hasta las cantidades aquí indicadas, de los siguientes productos: 

330.000sacos de azúcar.
500toneladas de alverjas.
500toneladas de garbanzos.
100.000latas de manteca.
3.000toneladas de melaza.
10.000toneladas de cebada.

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de febrero de 1958. 

  

Mayor General GABRIEL PARIS G.

  

Presidente de la Junta

  

Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda. -El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Solazar.