DIARIO OFICIAL. AÑO XCIV. N. 29636. 8, ABRIL, 1958. PÁG. 9.
DECRETO 234 DE 1958
(febrero 13)
Que autoriza unas importaciones
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Articulo Único. Autorizase a la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas para importar, con exención de derechos de aduana y de giros, hasta las cantidades aquí indicadas, de los siguientes productos:
330.000 | sacos de azúcar. |
500 | toneladas de alverjas. |
500 | toneladas de garbanzos. |
100.000 | latas de manteca. |
3.000 | toneladas de melaza. |
10.000 | toneladas de cebada. |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 13 de febrero de 1958.
Mayor General GABRIEL PARIS G.,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca.-Vicealmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General Rafael Navas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda. -El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Solazar.