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DECRETO1721949194901 script var date = new Date(26/01/1949); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26939. 9. FEBRERO, 1949. PÁG. 2.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se dictan algunas disposiciones en materia de PolicíaVigentefalsefalseInteriorfalseDECRETO LEY09/02/194909/02/1949269396422

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26939. 9. FEBRERO, 1949. PÁG. 2.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 172 DE 1949

(enero 26)

Por el cual se dictan algunas disposiciones en materia de Policía

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO LEY

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades extraordinarias que le confiere la Ley 93 de 1948, 

  

DECRETA

  


Artículo 1º. La dirección y organización de los cuerpos de Policía Departamentales y Municipales, se regirán por las normas y reglamentos que dicte el Gobierno Nacional 

  

Las Secciones de Seguridad de los Departamentos y Municipios, forman parte de los Cuerpos de Policía. 

  


Artículo 2º. Los Cuerpos de Policía Departamentales y Municipales continuarán a órdenes de las respectivas autoridades del Departamento o del Municipio; pero el Gobierno tendrá la suprema inspección y vigilancia de ellos en todo el territorio de la República. 

  


Artículo 3º. Este Decreto rige desde su fecha. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, a 26 de enero de 1949. 

  

MARIANO OSPINA PEREZ 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Darío ECHANDÍA.