DECRETO1661952195201 script var date = new Date(29/01/1952); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVIII. N. 27833. 19, FEBRERO, 1952. PÁG. 10.MINISTERIO DE HIGIENEPor el cual se reorganizan unas dependencias en el Ministerio de Higiene, se suprimen unos cargos, se fijan unas asignaciones y se dictan otras disposicionesVigentefalsefalseSalud y Protección SocialfalseDECRETO ORDINARIO19/02/195201/02/19522783357810

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVIII. N. 27833. 19, FEBRERO, 1952. PÁG. 10.

DECRETO 166 DE 1952

(enero 29)

Por el cual se reorganizan unas dependencias en el Ministerio de Higiene, se suprimen unos cargos, se fijan unas asignaciones y se dictan otras disposiciones

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Designado, encargado de la Presidencia de la Republica de Colombia, 

  

en uso de sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere las Leyes 27 y 39 de 1947 y el Artículo 45 del Decreto legislativo número 189 de 1950, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que es necesario llevar a cabo una reducción del personal del Ministerio de Higiene, que no se considera indispensable y no afecta la labor administrativa y técnica de sus dependencias; 

  

Que actualmente la División de Lepra solamente cuenta para su campaña con cuatro Dispensarios Dermatológicos, y 

  

Que la División de Tuberculosis del Ministerio de Higiene tiene distribuidos el país 28 dispensarios; que estos organismos, con una pequeña modificación en su personal pueden hacerse cargo de la Campaña Antileprosa en sus respectivas zonas, 

  

DECRETA: 

  


Artículo primero. La División de Tuberculosis del Ministerio de Higiene se hará cargo de la Campaña Antilepra en el país, y en consecuencias, la actual División de Lepra queda suprimida y sus funciones y atribuciones adscritas a la División de Tuberculosis, que en adelante se denominaran Departamento de Tuberculosis y Lepra. 

  


Artículo segundo. Los Dispensarios Antituberculosos se denominaran en adelante Dispensarios Antituberculosos y Dermatológicos y se encargaran de las dos Campañas. 

  

Parágrafo. Mediante resoluciones reglamentarias que expedirá el Ministerio de Higiene, de acuerdo con las necesidades técnicas, las Campañas Antituberculoso y Antileprosa se podrán modificar de acuerdo con las necesidades epidemiológicas de cada zona. 

  


Artículo tercero. Los enseres, archivos, elementos y de trabajo, etc., de la División de Lepra y de sus dependencias, pasaran al nuevo Departamento de Tuberculosis y Lepra del Ministerio de Higiene. 

  


Artículo cuarto. Suprimense los siguientes cargos del Ministerio de Higiene: 

División de Lepra.
1 Medico Jefe$900.00
1 Oficial Mayor350.00
1 Mecanotaquígrafa de Primera250.00
Dispensario Dermatológico de la Región Primera, Cartagena.
1 Medico Director450.00
1 Medico Visitador500.00
1 Visitadora de Higiene-Ayudante Laboratorio220.00
1 Visitadora de Higiene220.00
1 Ayudante de Dispensario160.00
1 Portero140.00
Dispensario Dermatológico de la Región Segunda, Ocaña.
1 Medico Visitador500.00
2 Enfermeras, a $ 140 cada una280.00
1 Portero140.00
Dispensario Dermatológico de la Región Tercera, Socorro.
1 Medico Director450.00
1 Medico Visitador500.00
1 Visitadora de Higiene - Ayudante Laboratorio220.00
1 Visitadora de Higiene220.00
1 Ayudante de Dispensario160.00
1 Portero140.00
Dispensario Dermatológico de la Región Cuarta, Bogotá.
1 Medico Director450.00
1 Medico Visitador500.00
1 Jefe de Laboratorio500.00
1 Visitadora de Higiene - Ayudante Laboratorio220.00
1 Visitadora de Higiene220.00
1 Ayudante Dispensario160.00
1 Portero140.00
Dispensario Dermatológico de la Región Quinta, Medellín.
1 Medico Visitador550.00
1 Portero140.00
Dispensario Dermatológico de la Región Sexta, Ibagué.
1 Medico Director450.00
1 Medico Visitador500.00
1 Visitadora de Higiene - Ayudante de Laboratorio220.00
1 Visitadora de Higiene220.00
1 Ayudante de Dispensario160.00
1 Portero140.00
Dispensario Dermatológico de la Región Séptima, Cali.
1 Medico Director450.001
1 Medico Visitador500.00
1 Visitadora de Higiene - Ayudante Laboratorio220.00
1 Visitadora de Higiene220.00
1 Ayudante de Dispensario160.00
1 Portero140.00
División de Tuberculosis.
1 Médicos Vacunador Visitador500.00
1 Mecanógrafa200.00
Hospital - Sanatorio "Santa Clara", de Bogotá.
1 Jefe Trabajadores Sociales260.00
3 Trabajadoras Sociales, a $ 170 cada una510.00
1 Ayudante de Administración230.00
Centro Epidemiológico número 1 de Bogotá.
1 Medico Ayudante400.00
1 Enfermera150.00
Centro Epidemiológico número 2 de Bogotá.
1 Medico Ayudante400.00
Centro Epidemiológico número 3 de Bogotá.
1 Medico Ayudante400.00
6 Enfermeras encargadas de Vacunación, a $ 180 cada una1.080.00
1 Encargada de Estadísticas150.00
Dispensario Antituberculoso del Barrio Ricaurte de Bogotá.
1 Medico Jefe500.00
1 medico Ayudante400.00
1 Jefe de Laboratorio300.00
1 Ayudante de Laboratorio200.00
2 Encargadas de Estadística, a $ 150 cada una300.00
3 Enfermeras a $ 150 cada una450.00
1 Sirviente50.00
1 Portero Celador100.00
Centro Epidemiológico de Ibagué.
1 Chofer200.00

Artículo quinto. El personal y asignaciones del Departamento de Tuberculosis y Lepra del Ministerio de Higiene serán como sigue: 

Departamento de Tuberculosis y Lepra.
1 Medico Jefe$900.00
1 Medico Subjefe800.00
1 Administrador de Lazaretos600.00
1 Técnico de Rayos X500.00
1 Oficial Mayor350.00
1 Oficial Auxiliar300.00
1 Oficial de Kardex300.00
1 Mecanotaquígrafa de Primera250.00
1 Chofer200.00
1 Mensajero180.00
Dispensario Dermatológico de Bogotá.
1 Medico Director900.00
1 Medico Ayudante500.00
1 Jefe de Laboratorio500.00
1 Ayudante de Laboratorio200.00
1 Enfermera200.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Hospital - Sanatorio "Santa Clara" de Bogotá.
1 Medico Director700.00
1 Medico Subdirector650.00
1 Medico Jefe Seccion Dispensario600.00
1 Medico Subjefe Seccion Dispensario500.00
1 Director de Laboratorio500.00
2 Cirujanos, a $ 500 cada uno1.000.00
1 Jefe de Radiología500.00
1 Jefe de Seccion Infantil500.00
1 Jefe Cardiología y Exámenes Funcionales500.00
1 Jefe Organos de los Sentidos y Broncoscopios500.00
1 Jefe de Anatomía Patológica500.00
1 Uroginecologo250.00
1 Gastroenterólogo dietista250.00
8 Médicos Auxiliares, a $ 250 cada uno1.500.00
6 Médicos Internos, a $ 200 cada uno1.200.00
5 Ayudantes de Laboratorio, a $ 250 cada uno1.250.00
1 Odontólogo450.00
1 Sindico Administrador500.00
1 Contador400.00
1 Mecanotaquígrafa Ayudante Contador280.00
1 Mecanotaquígrafa de Primera250.00
2 Trabajadoras Sociales, a $ 200 cada una400.00
1 Capellan220.00
1 Mecánico Electricista300.00
1 Cartero200.00
1 Portero Seccion Dispensario200.00
1 Portero Hospital200.00
1 Oficial de Información - Telefonista200.00
3 Encargadas de Estadística, a $ 200 cada una600.00
3 Enfermeras Seccion Dispensario, a $ 200 cada una600.00
1 Encargado del Departamento de Animales200.00
1 Chofer200.00
1 Hermana Superiora70.00
26 Hermanas de la Caridad, Enfermeras, a $ 50 cada una1.300.00
Centro Epidemiológico número 1 de Bogotá.
1 Medico Jefe550.00
2 Encargadas de Estadística, a $ 200 cada una400.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Trabajadora social200.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Centro Epidemiológico número 2 de Bogotá.
1 Medico Jefe550.00
1 Encargadas de Estadística, a $ 200 cada una400.00
2 Enfermeras a $ 200 cada una400.00
1 Trabajadora Social200.00
1 Portero150.00
1 Encargada del Aseo80.00
Centro Epidemiológico número 3 de Bogotá. Infantil.
1 Medico Jefe550.00
1 Medico Vacunador500.00
2 Encargadas de Estadística a $ 200 cada una400.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Trabajadora social200.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Centro Epidemiológico número 4 de Bogotá.
1 Medico Jefe550.00
2 Encargadas de Estadística a $ 200 cada una400.00
2 Encargadas, a $ 200 cada una400.00
1 Trabajadora social200.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Laboratorio de B.C.G. y Vacunación de Bogotá.
1 Medico Jefe600.00
1 Medico Subjefe550.00
1 Encargada de Estadístíca200.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
Centro Epidemiológico Antituberculoso de Medellín.
1 Medico Jefe550.00
1 Medico Subjefe500.00
1 Encargada de Estadística200.00
4 Enfermeras, a $ 200 cada una800.00
Hostal - Sanatorio "La María", de Medellín.
1 Medico Director y Jefe Campaña Antituberculosa de Antioquia700.00
1 Medico Subdirector600.00
1 Medico Ayudante550.00
1 Jefe de Laboratorio500.00
1 Medico Radiólogo400.00
1 Ayudante de Laboratorio250.00
1 Odontólogo300.00
1 Instrumentadora250.00
8 Médicos Internos, a $ 200 cada una1.600.00
1 Sindico Administrador450.00
1 Mecanotaquígrafa Secretaria220.00
1 Medico Jefe800.00
1 Enfermera300.00
Dispensario Antituberculosos y Dermatológico de Puerto Berrio.
1 Medico Jefe600.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Barranquilla.
1 Medico Jefe600.00
1 Medico Ayudante550.00
1 Jefe de Laboratorio400.00
1 Ayudante de Laboratorio250.00
1 Sindico Administrador450.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Hermana de la Caridad, Enfermera120.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero150.00
1 Lavadora100.00
1 Encargada de Aseo80.00
Seccion Epidemiológica de Barranquilla.
1 Medico Jefe y Jefe de Lucha Antituberculosa del Atlántico600.00
1 Medico Ayudante550.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Hermana de la Caridad, Enfermera120.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Encargada de Aseo80.00
Centro Epidemiológico Antituberculoso de Barranquilla.
1 Medico Jefe550.00
1 Medico Vacunador500.00
3 Enfermeras a $ 200 cada una600.00
2 Encargadas de Estadística, a $ 200 cada una400.00
1 Portero Celador150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Cartagena.
1 Medico Jefe600.00
1 Dermatólogo500.00
1 Jefe de Laboratorio400.00
1 Ayudante de Laboratorio250.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero150.00
1 Sirviente de Laboratorio80.00
Centro Epidemiológico Antituberculoso de Cartagena.
1 Medico Jefe550.00
1 Medico Ayudante500.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Montería.
1 Medico Jefe600.00
1 Laboratorista250.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Tunja.
1 Medico Jefe600.00
1 Dermatólogo500.00
3 Enfermeras, a $ 200 cada una600.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Manizales.
1 Medico Jefe600.00
1 Medico Ayudante500.00
1 Laboratorista300.00
3 Enfermeras a $ 20o cada una600.00
1 Encargada de Aseo80.00
Hospital - Sanatorio Santa Sofía, de Manizales.
1 Sindico Administrador450.00
Centro Epidemiológico Antituberculos de Manizales.
1 Medido Jefe550.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero100.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Pereira.
1 Medico Jefe600.00
1 Laboratorista300.00
1 Encargada de Estadística200.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
Centro Epidemiológico Antituberculoso de Pereira.
1 Medico Jefe550.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero100.00
Dispensario Antituberculosos y Dermatológico de Girardot.
1 Medico Jefe600.00
1 Medico Jefe800.00
1 Laboratorista250.00
3 Enfermeras, a $ 200 cada una600.00
1 Portero- Jardinero150.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Popayán.
1 Medico Jefe600.00
1 Dermatólogo500.00
1 Encargada de Estadística200.00
2 Enfermeras a $ 200 cada una400.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo88.00
Centro Epidemiológico Antituberculoso de Popayán.
1 Medico Jefe550.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Quibdó.
1 Medico Jefe600.00
2 Hermanas de la Caridad, Enfermeras, a $ 100 cada una200.00
1 Portero100.00
2 Encargadas de Aseo, a $ 80 cada una160.00
1 Lavadora60.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Neiva.
1 Medico Jefe600.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico y Sanatorio
Antituberculoso de Santa Marta.
1 Medico Jefe600.00
3 Enfermeras, a $ 200 cada una600.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Centro Epidemiológico Antituberculoso de Santa Marta.
1 Medico Jefe550.00
3 Enfermeras, a $ 200 cada una600.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Pasto.
1 Medico Jefe600.00
1 Dermatólogo500.00
3 Enfermeras, a $ 200 cada una600.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Centro Epidemiológico Antituberculoso de Cúcuta.
1 Medico Jefe550.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico y Hospital - Sanitario
Amelia, de Cúcuta.
1 Medico Jefe600.00
1 Dermatólogo500.00
1 Sindico Administrador300.00
1 Enfermera Jefe Residente150.00
2 Enfermeras Auxiliares, a $ 100 cada una200.00
2 Enfermeras Dispensario, a $ 200 cada una400.00
1 Portero - Jardinero80.00
1 Cocinera60.00
1 Cocinera Auxiliar50.00
2 Lavadoras, a $ 45 cada una90.00
2 Meseras, a $ 40 cada una80.00
1 Mensajero45.00
2 Encargadas de Aseo, a $0 cada una80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Ocaña.
1 Medico Jefe600.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Pamplona.
1 Medico Jefe600.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Bucaramanga.
1 Medico Jefe600.00
1 Dermatólogo500.00
3 Enfermeras, a $ 200 cada una600.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Encargada de Aseo80.00
Centro Epidemiológico Antituberculo de Bucaramanga.
1 Medico Jefe550.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Ibagué.
1 Medico Jefe600.00
4 Enfermeras, a $ 200 cada una800.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Centro Epidemiológico Antituberculoso de Ibagué.
1 Medico Jefe550.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Encargada de Estadística200.00
1 Portero150.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Honda.
1 Medico Jefe600.00
2 Enfermeras, a $ 200 cada una400.00
1 Portero100.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico y Hospital - Sanatorio "El
Tabor", de Buenaventura.
1 Medico Jefe600.00
1 Medico Ayudante500.00
1 Sindico Administrador250.00
3 Enfermeras, a $ 200 cada una600.00
1 Portero150.00
1 Encargada de Aseo80.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico Hospital - Sanatori de
Villavicencio.
1 Medico jefe600.00
3 Enfermeras, a $ 200 cada una600.00
1 Portero150.00
2 Encargadas de Aseo, a $ 80 cada una160.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Cali.
1 Medico Jefe600.00
1 Medico Ayudante500.00
Centro Epidemiológico Antituberculoso de Cali.
1 Medico Jefe550.00
1 Medico Ayudante500.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Palmira.
1 Medico Jefe500.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Buga.
1 Medico Jefe500.00
Dispensario Antituberculoso y Dermatológico de Tuluá.
1 Medico Jefe500.00

Artículo sexto. Los cargos de las secciones científicas y administrativas, en los Lazaretos de Agua de Dios y Contratación no contemplados en el presente Decreto continuaran con las mismas funciones y asignaciones. 

  


Artículo séptimo. A más de las supresiones que contempla el Decreto, los cargos que no queden incluidos dentro del Artículo quinto se consideraran igualmente suprimidos, salvo los referentes a los Lazaretos de Aguas de Dios y Contratación de que trata el Artículo sexto, que continuara con las mismas funciones y asignaciones. 

  


Artículo octavo. Los funcionarios que actualmente desempeñen los cargos a que este Decreto se refiere y cuya denominación o sueldo no han sido cambiados, no necesitaran de nueva posesión. 

  


Artículo noveno. El Ministerio de Higiene, por conducto del Departamento Administrativo, queda autorizado para solicitar los traslados que fueren necesarios dentro del presupuesto asignado a las Divisiones de Tuberculosis y Lepra puesto asignado para dar cumplimiento a las disposiciones del presente Decreto. 

  


Artículo decimo. Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputaran a los Capítulos y Artículos correspondientes del Presupuesto Nacional de Gastos de la vigencia en curso, y los que se asignen en los años posteriores para este fin. 

  


Artículo once. Quedan derogados el Decreto número 2951 de 1949 y todas las disposiciones que sean contrarias a lo dispuesto en el presente Decreto. 

  


Artículo doce. El presente Decreto comenzara a regir a partir del primero de febrero del corriente año. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 19 de enero de 1952. 

  

ROBERTO URDANETA ARBELAEZ. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público Antonio Alvarez Restrepo - El Ministro de Higiene, Miguel Antonio Rueda Galvis.