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DECRETO1261916191601 script var date = new Date(31/01/1916); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LII. N. 15715. 10, FEBRERO, 1916. PÁG. 20.MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DE COMERCIOPor el cual se traslada una oficina Fluvial y se hace un nombramientoVigentefalsefalseAgricultura y Desarrollo RuralfalseDECRETO ORDINARIO10/02/191610/02/19161571577220

DIARIO OFICIAL. AÑO LII. N. 15715. 10, FEBRERO, 1916. PÁG. 20.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 126 DE 1916

(enero 31)

Por el cual se traslada una oficina Fluvial y se hace un nombramiento

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que en el Presupuesto de gastos del presente año se suprimió la Inspección Fluvial de Magangué en el río Magdalena, y se dejó la del Bajo Cauca en Nechí; 

  

Que el puerto de Magangué es el terminal de la navegación de los ríos Bajo Cauca, Nechí, San Jorge, y del brazo de Mompós, al mismo tiempo que es puerto importante del río Magdalena y el punto más indicado para la fiscalización de esas vías, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1.° Desde el 1.° de marzo del presente año funcionará en Magangué la Inspección Fluvial del Bajo Cauca que ha residido última mente en Nechí. El archivo de esta Oficina será trasladado a la de Magangué. 

  


Artículo 2.° Nómbrase Inspector Fluvial de Magangué al señor Efraím Lezama. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 31 de enero de 1916. 

  

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Agricultura y Comercio, B. HERRERA.