DECRETO1121931193101 script var date = new Date(21/01/1931); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21609. 5, FEBRERO, 1931. PÁG. 7.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se distribuye la partida destinada en el presupuesto para el sostenimiento de la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad NacionalVigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO05/02/193105/02/1931216092317

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21609. 5, FEBRERO, 1931. PÁG. 7.

DECRETO 112 DE 1931

(enero 21)

Por el cual se distribuye la partida destinada en el presupuesto para el sostenimiento de la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y 

  

CONSIDERANDO 

  

Que el Gobierno Nacional está autorizado por el artículo 3° de la Ley 30 de 1925 para distribuir de conformidad con las necesidades de los establecimientos de educación, las partidas votadas para su sostenimiento, en las diferentes leyes de apropiaciones; y 

  

Que en el artículo 273 del capítulo 48 de la Ley de Apropiaciones dé la vigencia en curso figura la suma de $ 101,600 para atender al sostenimiento durante el presente año de la Facultad de Matemáticás e Ingeniería de la Universidad Nacional, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Distribúyese la suma de ciento un mil seiscientos pesos ($ 101,600), que figura en el artículo 273 del capítulo 48 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, de la manera siguiente: 

Nombre del empleo.Sueldo mensualTotal anual
Del Rector$ 2002,400
Del Director del Observatorio Astronómico Nacional1501,800
Del Secretario de la Facultad13101,560
De cuarenta y ocho Profesores de la especialidad de Ingeniería Civil, a $ 80 mensuales cada uno3,48046,080
De diez Profesores de la especialidad de Arquitectura, a $ 80 mensuales cada uno8009,600
Del Ayudante de la Secretaría1001,200
Del Bibliotecario901,080
De cinco Preparadores de los cursos de Mineralogía, Química, Topografía y Saneamiento, a $ 30 mensuales cada uno1501,800
Del Mecánico de los laboratorios60720
Del Portero70840
Del Conserje55660
Para envío de dos alumnos a perfeccionar estudios al Exterior$ 4,800
Para arriendo de la casa ocupada por los laboratorios de la Facultad2402,880
Para energía, conservación y adquisición de elementos para los laboratorios de Química, Mineralogía y Geología, Topografía, Ensayo de aguas, Resistencia de materiales, Fotogrametría, y para acabar: de montar el laboratorio de resistencia14,220
Para restauración e instrumental del Observatorio Astronómico Nacional, según lo ordena la Ley 23 de 192810,000
Para trasladar a la Escuela de Bellas Artes el sueldo de los Profesores que ha pagado en esa Escuela la Facultad2,160
Suma$ 101,600

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 21 de enero de 1931. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Educación Nacional, Abel CARBONELL.