DECRETO1111980198001 script var date = new Date(23/01/1980); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXVI. 35449. 4, FEBRERO, 1980. PÁG. 10.DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVILPor el cual se aprueba el Acuerdo número 34 de septiembre 3 de 1979, emanado de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Sabana de Bogotá y de los Valles de Ubaté y Chiquinquirá, CARVigentefalsefalseFunción PúblicafalseDECRETO ORDINARIO04/02/198023/01/19803544937410

DIARIO OFICIAL. AÑO CXVI. 35449. 4, FEBRERO, 1980. PÁG. 10.

DECRETO 111 DE 1980

(enero 23)

Por el cual se aprueba el Acuerdo número 34 de septiembre 3 de 1979, emanado de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Sabana de Bogotá y de los Valles de Ubaté y Chiquinquirá, CAR

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución y la ley, 

  

decreta: 

  


Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 34 de septiembre 3 de 1979, emanado de la Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Sabana de Bogotá y de los Valles de Ubaté y Chiquinquirá, cuyo texto es el siguiente: 

  

"ACUERDO NUMERO 34 DE 1979 

  

(septiembre 3) 

  

por el cual se determina la Planta de Personal de los Trabajadores Oficiales de la Corporación Autónoma Regional de la Sabana de Bogotá y de los Valles de Ubaté y Chiquinquirá, 

  

La Junta Directiva de la Corporación Autónoma Regional de la Sabana de Bogotá y de los Valles de Ubaté y Chiquinquirá, en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que el confiere el Decreto 940.de 1979, 

  

acuerda: 

  


Artículo 1° Adóptase para la Corporación Autónoma Regional de la Sabana, de Bogotá y de los Valles de Ubaté y Chiquinquirá, la Planta de Trabajadores que a continuación se relaciona: 

Número de cargosDenominación del empleoClase
4AforadorI
2AforadorII
1AforadorIII
1Auxiliar de AlmacénI
2Auxiliar de AlmacénII
1Auxiliar de PisciculturaI
1Auxiliar de PisciculturaII
5Auxiliar de Servicios GeneralesI
1Auxiliar de Servicios GeneralesII
Número de cargosDenominación del empleoClase
4Auxiliar de Servicios GeneralesIII
3Ayudante de Administración "A"I
18Ayudante de Administración "A"II
2Ayudante de Administración "B"
1Ayudante de Administración "C"
6CadeneroI
9CadeneroII
9CadeneroIII
2Carpintero
39CeladorI
12CeladorII
12Conductor "A"I
13Conductor "A"II
10Conductor "A"III
5Conductor "B"I
5Conductor "B"II
1Coordinador de Taller
1Inspector ForestalI
1Inspector ForestalII
1Inspector ForestalIII
2Inspector de Parques
2Inspector de ObrasI
2Inspector de ObrasII
2Maestro de Obras
2MamposteroI
1MamposteroII
3Mecánico
28ObreroI
10ObreroII
2Operador de Lancha
1Operador de Estación de BombeoI
1Operador de Estación de BombeoII
6Operador de Equipo PesadoI
6Operador de Equipo PesadoII
7Operador de Equipo PesadoIII
4Operador de Equipo PesadoIV
2Soldador
1Supervisor de Maquinaria
1Técnico Forestal
3TopógrafoI
3TopógrafoII
4Tractorista
1ViveristaI
3ViveristaII
3ViveristaIII

Artículo 2° El Director Ejecutivo conforme a las disposiciones legales y estatutarias vigentes procederá a designar el personal de trabajadores que debe ocupar los cargos que se establecen en el presente Acuerdo,

Artículo 3° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, surte efectos fiscales a partir de la fecha de su aprobación mediante Decreto del Gobierno Nacional que llevará las firmas del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, del Jefe del Departamento Nacional de Planeación y del Ministro de Hacienda y Crédito Público, como certificación de que existe apropiación presupuestal para cubrir el costo y deroga las disposiciones que le sean contrarias. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a los tres días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y nueve. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

El Presidente de la Junta, 

  

Eduardo Wiesner Durán. 

  

El Secretario de la Junta, 

  

Eugenia Ordóñez de Sanín

  


Articulo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 23 de enero de. 1980. 

  

Comuníquese y cúmplase. 

  

julio cesar turbay ayala 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Jaime García Parra

  

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, 

  

Eduardo Wiesner Durán. 

  

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, 

  

Laura Ochoa de Ardila. 

  

Digitó: CC52.507.183