DECRETO1101931193101 script var date = new Date(21/01/1931); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21609. 5, FEBRERO, 1931. PÁG. 7.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se distribuye la partida para el sostenimiento de la Facultad de Medicina y Ciencias Naturales de la Universidad NacionalVigentefalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO05/02/193105/02/1931216092317

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVII. N. 21609. 5, FEBRERO, 1931. PÁG. 7.

DECRETO 110 DE 1931

(enero 21)

Por el cual se distribuye la partida para el sostenimiento de la Facultad de Medicina y Ciencias Naturales de la Universidad Nacional

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus atribuciones legales, y 

  

CONSIDERANDO 

  

Que el Gobierno Nacional está autorizado por el artículo 39 de la Ley 30 de 1925 para distribuir de conformidad con las necesidades delos establecimientos de educación, las partidas votadas para su sostenimiento, en las diferentes leyes de apropiaciones, y 

  

Que en el artículo 265 del capítulo 48 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, figura la suma de setenta y seis mil ochocientos pesos, para atender al sostenimiento en el presente año de la Facultad de Medicina y Ciencias Naturales de la Universidad Nacional, 

  

DECRETA: 

  


Artículoúnico. Distribuyese la partida de setenta y seis mil ochocientos pesos ($ 76,800), que figura en el artículo 265, del capítulo 43 de la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, para el sostenimiento en el presente año de la Facultad de Medicina y Ciencias Naturales de la Universidad Nacional, de la siguiente manera: 

Nombre del empleo.Sueldo MensualMeses de servicioTotal anual
Del Rector, a190122,280
Del Secretario, a125121,500
Del Bibliotecario, a 5612672
Del Contador, a4212504
Del Escribiente, a6012720
Del Inyectador de cadáveres, a1012120
Del Portero, a4212504
De seis Sirvientes, a $ 30 cada uno180122,160
De dos Sirvientes de Anfiteatro, a $ 40 mensuales cada uno8012960
De treinta y cuatro Profesores, a $ 76 cada uno2,5841231,008
De diez y seis Jefes de Clínica, a $ 48 cada uno768129,216
De cuarenta y seis Practicantes, a $ 25 cada uno1,1501213,800
Del Director del Laboratorio Santiago Samper, a190122,280
De dos Jefes de servicio, a $ 95 cada uno190122,280
De tres Preparadores, a $ 40 cada uno120121,440
Del Director de la Escuela de Farmacia a6512780
Del Secretario, a5012600
De un Sirviente, a3012360
De ocho Profesores, a $ 55 cada uno440125,280
De un Preparador, a2812336
Suma$ 76,800

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 21 de enero de 1931. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Educación Nacional, Abel CARBONELL.