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DECRETO711896189602 script var date = new Date(25/02/1896); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXXII. N. 9961. 29, FEBRERO, 1896. PÁG. 4.MINISTERIO DEL TESOROPor el cual se abre un crédito suplemental al presupuesto de gastos del bienio de 1895 y 1896VigentefalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO29/02/189629/02/189699612084

DIARIO OFICIAL. AÑO XXXII. N. 9961. 29, FEBRERO, 1896. PÁG. 4.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 71 DE 1896

(febrero 25)

Por el cual se abre un crédito suplemental al presupuesto de gastos del bienio de 1895 y 1896

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Consejo de Ministros, á virtud de dictamen favorable del Consejo de Estado, ha resuelto que se abra al Presupuesto de Gastos del bienio en curso, un crédito suplemental con el objeto de atender á los gastos de la continuación de la obra del Panóptico de esta capital, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Abrese el Presupuesto de Gastos del bienio de 1895 y 1896, el crédito suplemental siguiente : 

  

DEPARTAMENTO DE JUSTICIA. 

  

capítulo 27 

  

Gastos varios de justicia. 

Artículo 195. Para la continuación de la obra Panóptico de esta capital

  

$ 40,000 

  

  

  

Dado en Sopó (Departamento de Cundinamarca), á 25 de Febrero de 1896 

  

M. A. CARO

  

El Ministro del Tesoro, 

  

Miguel Abadía Méndez