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DECRETO421895189502 script var date = new Date(22/02/1895); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXXI. N. 09715. 18, MARZO, 1895. PÁG. 1.MINISTERIO DE GOBIERNOPor el cual se aprueba el decreto número 115 de 1895, expedido por el gobernador del caucaVigencia en EstudiofalsefalseInteriorfalsefalseDECRETO LEGISLATIVO18/03/189518/03/189597151851

DIARIO OFICIAL. AÑO XXXI. N. 09715. 18, MARZO, 1895. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 42 DE 1895

(febrero 22)

Por el cual se aprueba el decreto número 115 de 1895, expedido por el gobernador del cauca

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO

El vicepresidente de la republica encargado del poder ejecutivo, 

  

en uso de las facultades que le concede el artículo 121 de la constitución y el 17 de la ley 70 de 1894, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. apruebase en todas sus partes el decreto numero 115.de 1895, expedido con fecha29 de enero por el gobernador del departamento del cauca, en el cual se faculta al banco del estado para emitir y poner en circulación la suma de setenta y cinco mil pesos en billetes del mismo banco. 

  

Comuníquese. 

  

Dado en Bogotá, en el palacio de gobierno, a 22 de febrero de 1895. 

  

M. A. Caro. 

  

El ministro de gobierno, 

  

José domingo Ospina c. 

  

El ministro de relaciones exteriores, 

  

Marco f. Suarez. 

  

El ministro de hacienda, 

  

Carlos Uribe. 

  

El ministro de guerra. 

  

Edmundo cervantes. 

  

El ministro de instrucción publica, 

  

Liborio cerda. 

  

EL MINISTRO DEL TESORO, 

  

MIGUEL ABADIA MENDEZ.