Normas Sobre Protección De Los Derechos De Los Migrantes
Tipo: Ley
Número: 1465
Año: 2011
Tema: Crea el Sistema Nacional de Migraciones, para acompañar al Gobierno Nacional en el diseño y ejecución de políticas públicas, planes, programas, proyectos y otras acciones encaminadas a fortalecer los vínculos del Estado con las comunidades colombianas en el exterior.
Tipo: Ley
Número: 1997
Año: 2019
Tema: por medio del cual se establece un régimen especial y excepcional para adquirir la nacionalidad colombiana por nacimiento, para hijos e hijas de venezolanos en situación de migración regular o irregular, o de solicitantes de refugio, nacidos en territorio colombiano, con el fin de prevenir la apatridia.
Tipo: Ley
Número: 715
Año: 2001
Tema: Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, Capítulo II Competencias de las entidades territoriales en el sector salud, ARTÍCULO 43, numeral 43.2.11
Tipo: Decreto
Número: 1768
Año: 2015
Tema: por el cual se establecen las condiciones para la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud de los migrantes colombianos que han sido repatriados, han retornado voluntariamente al país, o han sido deportados o expulsados de la República Bolivariana de Venezuela.
Tipo: Decreto
Número: 542
Año: 2018
Tema: por el cual se desarrolla parcialmente el artículo 140 de la Ley 1873 de 2017 y se adoptan medidas para la creación de un registro administrativo de migrantes venezolanos en Colombia que sirva como insumo para el diseño de una política integral de atención humanitaria.
Tipo: Decreto
Número: 64
Año: 2020
Tema: por el cual se modifican los artículos 2.1.3.11, 2.1.3.13, 2.1.5.1, 2.1.7.7, 2.1.7.8 y 2.1.3.17, y se adicionan los artículos 2.1.5.4 y 2.1.5.5 del Decreto 780 de 2016, en relación con los afiliados al régimen subsidiado, la afiliación de oficio y se dictan otras disposiciones.
Tipo: Resolución
Número: 6370
Año: 2018
Tema: Por la cual se reglamenta la expedición del Permiso Especial de Permanencia - PEP creado mediante Resolución 5797 de 2017 del Ministerio de Relaciones Exteriores, para su otorgamiento a las personas inscritas en el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1288 del 25 de julio de 2018
Tipo: Resolución
Número: 8470
Año: 2019
Tema: por la cual se adopta una medida administrativa de carácter temporal y excepcional, para incluir de oficio la nota “Válido para demostrar nacionalidad” en el Registro Civil de Nacimiento de niñas y niños nacidos en Colombia, que se encuentran en riesgo de apatridia, hijos de padres venezolanos, que no cumplen con el requisito de domicilio
Jurisprudencia Nacional Sobre Protección De Los Derechos De Los Migrantes
Sentencia | Magistrado | Tema | Enlace |
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Corte Constitucional T-178-1993 | Fabio Morón Diaz | La facultad administrativa para reingreso al país se encuentra ahora condicionada a la luz de los presupuestos normativos de la Carta de 1991, por la prevalencia de los derechos fundamentales de los menores, lo cual comporta que la mencionada dependencia está en la obligación de examinar las condiciones concretas y específicas de la solicitud de visa, para reingreso del extranjero expulsado mediante sentencia ejecutoriada, para efectos de garantizar efectiva e inmediatamente los mencionados derechos fundamentales. | Ir a la Sentencia |
Corte Constitucional T-956-2013 | Luis Ernesto Vargas Silva | En el derecho al debido proceso de los migrantes:Los migrantes son sujetos de especial protección para los Estados, en virtud de las condiciones de indefensión en que usualmente se encuentran, derivadas, entre otros factores, de su desconocimiento de las prácticas jurídicas locales y del idioma en que se realizan esas prácticas, así como la ausencia de lazos familiares y comunitarios en el país al que arriban.La corte ordeno a Migración Colombia adelante y ejecute un plan para la provisión de intérpretes para la asistencia de los migrantes respecto de los cuales se adelanten actuaciones administrativas y no tengan dominio del idioma castellano | Ir a la Sentencia |
Corte Constitucional C-622-2013 | Maurico González Cuervo | Convención Sobre El Estatuto De Apátridas Y Convención Para Reducir Casos De Apátridas- Contenido No Contraviene La Constitución Política | Ir a la Sentencia |
Corte Constitucional T-338-2015 | Jorge Ivan Palacios | Para garantizar el derecho al debido proceso de los migrantes el Estado debe asegurar al extranjero la posibilidad de participar en el trámite consular, para lo cual las personas pueden solicitar y recibir asesoría legal, y en caso de necesitarlo un traductor o intérprete. | Ir a la Sentencia |
Corte Constitucional SU 677-2017 | Gloria Stella Ortiz Delgado | Protección de los extranjeros con permanencia irregular en el contexto de una crisis humanitaria causada por una migración masiva. | Ir a la Sentencia |
Corte Constitucional T-295-2018 | Gloria Stella Ortiz Delgado | Debido proceso administrativo sancionatorio en materia migratoria-Vulneración por cuanto no se suministra intérprete y/o traductor oficial a ciudadano que no comprende la lengua. | Ir a la Sentencia |
Corte Constitucional T-500-18 | Diana Fajardo Rivera | Una autoridad migratoria (Unidad Administrativa Especial Migración Colombia) vulnera el derecho fundamental al debido proceso de un ciudadano extranjero cuando, en ejercicio de la legítima facultad discrecional, adelanta un proceso sancionatorio que no asegura el respeto por las garantías judiciales mínimas.La discrecionalidad que en estos eventos persigue el restablecimiento del orden público no es absoluta, con lo cual se evita que se confunda con el ejercicio de una atribución irrazonable o arbitraria. | Ir a la Sentencia |
Corte Constitucional C-106-1995 | Eduardo Cifuentes Muñoz | Revisión oficiosa de la Ley 146 de 1994, "por medio de la cual se aprobó la convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares" | Ir a la Sentencia |
Corte Constitucional C-279-2004 | Marco Gerardo Monroy Cabra | Revisión oficiosa de la Ley 826 del 10 de julio de 2003 .Acuerdo internacional en materia de seguridad social en pensiones-Protección de trabajadores migrantes | Ir a la Sentencia |
Corte Constitucional T-210-2018 | Gloria Stella Ortiz Delgado | Derecho a la salud de los migrantes-protección internacional/derecho a la salud de los migrantes-obligaciones mínimas del Estado colombiano- Afiliacion de extranjeros al sistema general de seguridad social en salud-requisitos | Ir a la Sentencia |
Corte Constitucional T-530-2019 | Alejandro Linares Cantillo | Los extranjeros tienen los mismos derechos que los nacionales colombianos, sin embargo, esto conlleva deberes en razón a que deben cumplir con las obligaciones que el Legislador establece para todos los que se encuentran en el territorio nacional. Las autoridades migratorias tienen el deber de evaluar desde el inicio y hasta el final del proceso migratorio, el contexto familiar del sancionado y la realidad del vínculo cuando se puedan ver afectados los derechos de un menor de edad. | Ir a la Sentencia |
Sentencia C-834 | 2007 | Derechos de extranjeros en Colombia, seguridad social. | Ir a la Sentencia |
Sentencia T-314 | 2016 | La agencia oficiosa y la legitimación por activa como requisito de procedibilidad en la acción de tutela y la prestación del servicio de salud a extranjeros con permanencia irregular en el país. | Ir a la Sentencia |
Sentencia T-239 | 2017 | Derecho a la salud, principio de igualdad entre nacionales y extranjeros, derecho a la salud y afiliación a la seguridad social de extranjeros no residentes | Ir a la Sentencia |
Sentencia T-705 | 2017 | Derecho a la salud, derechos de los migrantes, derecho a la salud de niños, niñas y adolescentes. | Ir a la Sentencia |
SENTENCIA C-279/04 | 2004 | Revisión oficiosa de la Ley 826 del 10 de julio de 2003 "Por medio de la cual se aprueba el Acuerdo de Seguridad Social entre la República de Colombia y la República Oriental del Uruguay”, hecho en Santafé de Bogotá, D. C., el 17 de febrero de 1998 " | Ir a la Norma |
SENTENCIA C-788/11 | 2011 | ACUERDO DE COOPERACION Y REGIMEN DE INMUNIDADES ENTRE LA ORGANIZACION INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES Y EL GOBIERNO DE COLOMBIA " | Ir a la Norma |
SENTENCIA C-616/13 | 2013 | CONVENIO 189 DE LA OIT SOBRE TRABAJO DECENTE PARA TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DOMESTICOS- " | Ir a la Norma |
SENTENCIA C-416/14 | 2014 | Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 1 (parcial), 2, 3 (parcial), 4 (parcial), 5 (parcial), 7 y 8 (parcial) de la Ley 1465 del 29 de junio de 2011 ‘por la cual se crea el sistema nacional de migraciones y se expiden normas para la protección de los colombianos en el exterior’ " | Ir a la Norma |
SENTENCIA C-751/15 | 2015 | Revisión oficiosa del Decreto Legislativo número 1978 del 6 de octubre de 2015 “Por el cual se adoptan medidas para garantizar el aseguramiento al régimen subsidiado de los migrantes colombianos que han sido repatriados que han retornado voluntariamente al país, o han sido deportados o expulsados de la República Bolivariana de Venezuela”. " | Ir a la Norma |
SENTENCIA C-494/16 | 2016 | Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 1 (parcial) de la Ley 387 de 1997 y contra el parágrafo 2 del artículo 60 (parcial) de la Ley 1448 de 2011 " | Ir a la Norma |
SENTENCIA C-288/09 | 2019 | Revisión de constitucionalidad del “Estatuto Migratorio Permanente entre Colombia y Ecuador, firmado en Bogotá, el veinticuatro (24) de agosto de dos mil (2000)” y la Ley aprobatoria No. 1203 del 4 de julio de 2008. " | Ir a la Norma |
SENTENCIA C-119/21 | 2021 | Demanda de inconstitucionalidad en contra del art. 1 (parcial) de la Ley 1997 de 2019, “Por medio del cual se establece un régimen especial y excepcional para adquirir la nacionalidad colombiana por nacimiento, para hijos e hijas de venezolanos en situación de migración regular o irregular, o de solicitantes de refugio, nacidos en territorio colombiano, con el fin de prevenir la apatridia” " | Ir a la Norma |
SENTENCIA C-055/22 | 2022 | Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 122 de la Ley 599 del 2000. " | Ir a la Norma |
Guías
Nombre | Enlace |
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Los derechos de las personas trans dentro del estatuto temporal de protección para migrantes venezolanos - ETPMV guía para notarias/os | Ir a la guía-1 Ir a la guía-2 |
COMUNIDAD ANDINA
Norma | Número | Temática | Enlace |
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DECISIÓN | 397 | Tarjeta Andina de Migración (TAM) | Ir a la Decisión |
DECISIÓN | 501 | Zonas de Integración Fronteriza (ZIF) en la Comunidad Andina | Ir a la Decisión |
DECISIÓN | 502 | Centros Binacionales de Atención en Frontera (CEBAF) en la Comunidad Andina | Ir a la Decisión |
DECISIÓN | 503 | Reconocimiento de documentos nacionales de identificación | Ir a la Decisión |
DECISIÓN | 504 | Creación del Pasaporte Andino | Ir a la Decisión |
DECISIÓN | 525 | Características técnicas específicas mínimas de nomenclatura y seguridad del Pasaporte Andino | Ir a la Decisión |
DECISIÓN | 545 | Instrumento Andino de Migración Laboral | Ir a la Decisión |
DECISIÓN | 548 | Mecanismo Andino de Cooperación en materia de Asistencia y Protección Consular y Asuntos Migratorios | Ir a la Decisión |
DECISIÓN | 583 | Sustitución de la Decisión 546, Instrumento Andino de Seguridad Social | Ir a la Decisión |
DECISIÓN | 584 | Sustitución de la Decisión 547, Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo | Ir a la Decisión |
DECISIÓN | 750 | Sistema Estadístico de la Tarjeta Andina de Migración (SETAM) en la Comunidad Andina | Ir a la Decisión |
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso | Temática | Enlace |
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Caso Vélez Loor vs. Panamá. | Este Tribunal ya ha manifestado que, en el ejercicio de su facultad de fijar políticas migratorias, los Estados pueden establecer mecanismos de control de ingreso a su territorio y salida de él con respecto a personas que no sean nacionales suyas, siempre que dichas políticas sean compatibles con las normas de protección de los derechos humanos establecidas en la Convención Americana. | Ir al Caso |
Caso de personas dominicanas y haitianas expulsadas Vs. República Dominicana. | En relación con los procesos de expulsión, la Corte IDH estableció que estos procedimientos no pueden ser colectivos ya que debe existir una evaluación individual de las circunstancias personales de cada sujeto. En este sentido, la Corte ha sostenido que “el debido proceso debe ser garantizadoa toda persona independientemente del estatus migratorio”, puesto que “[e]l amplioalcance de la intangibilidad del debido proceso se aplica no solo ratione materiaL sino también ratione personae sin discriminación alguna”, | Ir al Caso |
Caso Nadege Dorzema y otros vs. República Dominicana. | Los Estados deben respetar sus derechos humanos y garantizar su ejercicio y goce a toda persona que se encuentre bajo su jurisdicción, sin discriminación alguna por su regular o irregular estancia, nacionalidad, raza, género o cualquier otra causa. De igual forma, la evolución de este ámbito del derecho internacional ha desarrollado ciertos límites a la aplicación de las políticas migratorias que imponen un apego estricto a las garantías del debido proceso y al respeto de la dignidad humana, cualquiera que sea la condición jurídica del migrante. | Ir al Caso |
Caso de las niñas Yean y Bosico vs. República Dominicana. | La determinación de quienes son nacionales sigue siendo competencia interna de los Estados. Sin embargo, su discrecionalidad en esa materia sufre un constante proceso de restricción conforme a la evolución del derecho internacional, con vistas a una mayor protección de la persona frente a la arbitrariedad de los Estados. Así que en la actual etapa de desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos, dicha facultad de los Estados está limitada, por un lado, por su deber de brindar a los individuos una protección igualitaria y efectiva de la ley y sin discriminación y, por otro lado, por su deber de prevenir, evitar y reducir la apatridia. | Ir al Caso |
Caso Nadege Dorzema Vs. República Dominicana 2012 | El caso se refiere a la responsabilidad internacional del Estado por la muerte y afectaciones a la integridad de migrantes haitianos por parte de agentes militares, así como la falta de investigación de los hechos en el fuero ordinario. | Ir al Caso |
Caso Familia Pacheco Tineo Vs. Bolivia 2013 | El caso hace relación con la expulsión de los miembros de la familia Pacheco Tineo de Bolivia, quienes habían ingresado a este país en el mes de febrero de 200, las víctimas estuvieron en Bolivia en condición de migrantes en situación irregular y de solicitantes de reconocimiento del estatuto de refugiados. En ese lapso, autoridades migratorias realizaron gestiones administrativas dirigidas a su expulsión y decidieron que no considerarían su solicitud de asilo, luego de lo cual los expulsaron a su país de origen (Perú). | Ir al Caso |
Observaciones organismos internacionales respecto al fenómeno de la migración en Colombia
Caso | Temática | Enlace |
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Observaciones finales sobre el cumplimiento del convenio de trabajadores migrantes por parte del Estado Colombiano | Tercer informe elaborado por la ONU en el marco del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares | Ir a las observaciones |