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Leyes sobre Normativa Libertad de Prensa

Tipo Número de Norma Año Tema Enlace
LEY 2195 2022 Por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones. (articulo 34) Ir a la Ley
LEY 2043 2020 por medio de la cual se reconocen las prácticas, laborales como experiencia profesional y/o relacionada y se dictan otras disposiciones Ir a la Ley
LEY 2069 2020 POR MEDIO DEL CUAL SE IMPULSA EL EMPRENDIMIENTO EN COLOMBIA Ir a la Ley
LEY 1978 2019 por la cual se moderniza el sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones TIC), se distribuyen competencias, se crea un regulador único y se dictan otras disposiciones. Ir a la Ley
LEY 1909 2018 por medio de la cual se adoptan el Estatuto de la Oposición Política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes Ir a la Ley
LEY 1915 2018 Por la cual se modifica la Ley 23 de 1982 y se establecen otras disposiciones en materia de derecho de autor y derechos conexos. Ir a la Ley
LEY 1834 2017 por medio de la cual se fomenta la economía creativa Ley Naranja El Congreso de Colombia Ir a la Ley
LEY 1835 2017 por la cual se modifica el artículo 98 de la Ley 23 de 1982 “Sobre derechos de autor”, se establece una remuneración por comunicación pública a los autores de obras cinematográficas o “Ley Pepe Sánchez” Ir a la Ley
LEY 1712 2014 por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones Ir a la Ley
LEY 1618 2013 por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Ir a la Ley
LEY 1680 2013 por la cual se garantiza a las personas ciegas y con baja visión, el acceso a la información, a las comunicaciones, al conocimiento y a las tecnologías de la información y de las comunicaciones Ir a la Ley
LEY 1581 2012 por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales Ir a la Ley
LEY 1519 2012 por medio de la cual se aprueba el "Convenio sobre la Distribución de Señales Portadoras de Programas Transmitidas por Satélite", hecho en Bruselas el 21 de mayo de 1974 Ir a la Ley
LEY 1493 2011 por la cual se toman medidas para formalizar el sector del espectáculo público de las artes escénicas, se otorgan competencias de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades de gestión colectiva y se dictan otras disposiciones Ir a la Ley
LEY 1016 2006 por la cual se adoptan normas legales, con meros propósitos declarativos, para la protección laboral y social de la actividad periodística y de comunicación a fin de garantizar su libertad e independencia profesional Ir a la Ley
LEY 1098 2006 Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia. (articulo 47) Ir a la Ley
LEY 890 2004 por la cual se modifica y adiciona el Código Penal Ir a la Ley
LEY 906 2004 por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal. Ir a la Ley
LEY 680 2001 por la cual se reforman las Leyes 14 de 1991, 182 de 1995, 335 de 1996 y se dictan otras disposiciones en materia de Televisión. Ir a la Ley
LEY 680 2001 por la cual se reforman las Leyes 14 de 1991, 182 de 1995, 335 de 1996 y se dictan otras disposiciones en materia de Televisión. Ir a la Ley
LEY 586 2000 Por medio de la cual se instituye el día 13 de agosto de cada año como Día de la Libertad de Expresión Ir a la Ley
LEY 506 1999 por la cual se modifica el artículo 58 de la Ley 182 de 1995 Ir a la Ley
LEY 544 1999 por medio de la cual se aprueban la "Enmienda al inicio (f) del artículo XVII del Acuerdo relativo a la Organización Internacional de Telecomunicaciones por Satelite -Intelsat" hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobada por la Vigésima Asamblea de Partes en Copenhague, Dinamarca, el 31 de agosto de 1995, y la "Enmienda a los Incisos (d) (i) y (h) del artículo 6° y (f) del articulo 22 del Acuerdo Operativo de la Organización de Telecomunicaciones por Satelite" hecho en Washington el veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y uno (1971), aprobadas por la Vigesima Quinta Reunión de Signatarios en Singapur el 4 de abril de 1995 Ir a la Ley
LEY 514 1999 por medio de la cual se aprueban las "Actas Finales de la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones" (CMR-95), reunida en Ginebra del veintitres (23) de octubre al diecisiete (17) de noviembre de mil novecientos noventa y cinco (1995) Ir a la Ley
LEY 489 1998 por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones. Ir a la Ley
LEY 335 1996 por la cual se modifica parcialmente la Ley 14 de 1991 y la Ley 182 de 1995, se crea la televisión privada en Colombia y se dictan otras disposiciones. Ir a la Ley
LEY 182 1995 por la cual se reglamenta el servicio de televisión y se formulan políticas para su desarrollo, se democratiza el acceso a éste, se conforma la Comisión Nacional de Televisión, se promueven la industria y actividades de televisión, se establecen normas para contratación de los servicios, se reestructuran entidades del sector y se dictan otras disposiciones en materia de telecomunicaciones Ir a la Ley
LEY 44 1993 por la cual se modifica y adiciona la Ley 23 de 1982 y se modifica la Ley 29 de 1944 Ir a la Ley
LEY 94 1993 por la cual se fomenta el desarrollo de la radio experimentación a nivel aficionado y la Nación se asocia al sexagésimo aniversario de la fundación de la Liga Colombiana de Radioaficionados. Ir a la Ley
CONSTITUCION POLITICA 1991 CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA Ir a la Constitución
LEY 16 1972 Por medio de la cual se aprueba la Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José de Costa Rica", firmado en San José, Costa Rica el 22 de noviembre de 1969 Ir a la Ley
LEY 74 1968 por la cual se aprueban los "Pactos Internacionales de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, de Derechos Civiles y Políticos, así como el Protocolo Facultativo de este último, aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en votación unánime, en Nueva York, el 16 de diciembre de 1966" Ir a la Ley
LEY 159 1959 Por la cual se dicta disposiciones sobre prensa Ir a la Ley


Decretos sobre Normativa Libertad de Prensa

Tipo Número de Norma Año Tema Enlace
Decreto 45 2021 por el cual se derogan el Decreto 704 de 2018 y el artículo 1.1.2.3. del Decreto número 1078 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ir al Decreto
Decreto 1419 2020 Por el cual se subroga la sección 1 del capítulo 2 del título 6 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ir al Decreto
Decreto 887 2020 Por el cual se modifica el numeral 2 del artículo 2.2.8.4.4 del Decreto 1078 de 2015 Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para fijar la contraprestación a cargo de los operadores postales por el periodo 2020 -2022" Ir al Decreto
Decreto 825 2020 Por el cual se subroga el título 15 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, para establecer los criterios para la formulación, presentación, autorización, ejecución, cuantificación de la inversión y verificación de las obligaciones de hacer como forma de pago por el uso del espectro radioeléctrico y la prestación de los servicios postales Ir al Decreto
Decreto 681 2020 Por el cual se adiciona el título 19 a la parte 2 del libro 2 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para establecer las reglas para implementar el artículo 154 de la Ley 1955 de 2019 Ir al Decreto
Decreto 680 2020 Por el cual se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 2.2.7.4.5. del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, para aplazar los pagos que deben realizar los operadores del servicio de radiodifusión sonora comercial al Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Ir al Decreto
Decreto 658 2020 Por el cual se disponen medidas para garantizar la operación de los medios abiertos radiodifundidos y la televisión comunitaria en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional Ir al Decreto
Decreto 622 2020 Por el cual se modifica el artículo 2.2.5.4. 7 del Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para establecer las reglas para la operación de estaciones repetidoras del Servicio de Radioaficionado Ir al Decreto
Decreto 1862 2015 por el cual se corrige un yerro en la Ley 1712 de 2014. Ir al Decreto
Decreto 1494 2015 por el cual se corrigen yerros en la Ley 1712 de 2014. Ir al Decreto
Decreto 1078 2015 por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Ir al Decreto
Decreto 103 2015 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones. Ir al Decreto
Decreto 109 1945 Por el cual se reglamenta la Ley 29 de 1944, sobre prensa Ir al Decreto


Jurisprudencia relativa a la Normativa Libertad de Prensa

Número Año Magistrado Partes/motivo Tema Enlace
C-033 1993 Alejandro Martínez Caballero En el proceso de revisión de constitucionalidad del Decreto N° 1812 del 9 de noviembre de 1992, dictado por el Gobierno Nacional con base en las facultades conferidas por la Constitución durante los Estados de Conmoción Interior. El ciudadano Pedro Pablo Camargo, mediante escrito presentado en la Secretaría General de la Corte, expresa su inconformidad con la disposición sub-examine, solicitando la declaratoria de su inconstitucionalidad, fundamentado en las siguientes razones: "el artículo 20 de la Constitución Política del 91 es terminante: "NO HABRA CENSURA". En todo tiempo. Y se trata de un derecho fundamental de aplicación inmediata, por mandato del art. 86 de la ley suprema, que no puede ser suspendido en los estados de excepción, tal como lo ordena el art. 214, numeral 2°, de la Constitución. No puede tampoco tener excepciones y se extiende a todos los medios de comunicación social: prensa, radio y televisión" Ir a la Sentencia
C-592 25/07/2012  Jorge Iván Palacio Palacio En ejercicio de la acción de inconstitucionalidad, el ciudadano José Gregorio Hernández Galindo solicita a la Corte que declare inexequible el artículo 30 (parcial) de la Ley 1480 de 2011,"por medio de la cual se expide el estatuto del consumidor y se dictan otras disposiciones considera el demandante que el precepto impugnado desconoce lo establecido en el preámbulo y en los artículos 3º, 6º, 20 y 78 de la Constitución Política. Ir a la Sentencia
C-087 10/03/1998 Carlos Gaviria Díaz En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, los ciudadanos Orlando Muñoz Neira, Alirio Galvis Padilla, Luis Ernesto Arciniegas Triana y José Gabriel Santacruz Miranda, En ejercicio de la acción pública de inconstitucionalidad, los ciudadanos Orlando Muñoz Neira, Alirio Galvis Padilla, Luis Ernesto Arciniegas Triana y José Gabriel Santacruz Miranda, presentaron, los dos primeros en forma independiente y los últimos conjuntamente, demandas de inconstitucionalidad contra los artículos 2 (parcial), 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de la ley 51 de 1975, "Por la cual se reglamenta el ejercicio del periodismo y se dictan otras disposiciones", por violación de los artículos 1, 2, 5, 13, 16, 20, 25, 26, 27, 40 numeral 2, 53, 67, 70, 71, 73, 83, 85, 95 numerales 5 y 8, y 333 de la Constitución Ir a la Sentencia
T-391 2007 MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA Acción de tutela instaurada por Radio Cadena Nacional S.A. - RCN en contra del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Tercera. LIBERTAD DE PRENSA-Sujetos involucrados en su ejercicio y derechos potencialmente afectados  Ir a la Sentencia
T-256 2013 JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB Acción de Tutela instaurada por Carlos Eduardo Hernández Mogollón, contra el diario La Opinión de Cúcuta. utilizacion del lenguaje por los medios de comunicacion que involucran el alcance y limites de la libertad de prensa Ir a la Sentencia
C-951 2014 MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ Revisión de constitucionalidad del Proyecto de Ley número 65 de 2012 Senado y número 227 de 2013 Cámara Por medio del cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. LIBERTAD DE PRENSA-Requisito esencial para la existencia de una democracia Ir a la Sentencia
T-543 2017 DIANA FAJARDO RIVERA Acciones de tutela instauradas por la Asociación Colombiana de Educación al Consumidor (“Educar Consumidores”) contra la Superintendencia de Industria y Comercio; y por César Rodríguez Garavito –y otros ciudadanos- contra la Superintendencia de Industria y Comercio la libertad de prensa “comprende la libertad de fundar medios masivos de comunicación y de administrarlos sin injerencias, y la libertad de funcionamiento de los mismos, con la consiguiente responsabilidad social”. Ir a la Sentencia
C-102 2018 LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 12, 17 literal c) y 21 literales a), c) y d) de la Resolución 1733 de 2016 del Consejo Nacional Electoral Demandante: Héctor Riveros SerratoLa Corte señala que la laibertad de prensa no es absoluta y manifiesta El test tripartido supone entonces que las limitaciones a las libertades de expresión, información y prensa, para ser constitucionales, deben cumplir con los siguientes requisitos: (i) su origen debe provenir de una ley, a partir de su consagración clara y precisa; (ii) las mismas tienen que perseguir el logro de ciertas finalidades imperiosas; y, (iii) en cuanto a su contenido, se exige que sean adecuadas, necesarias y proporcionales frente al objetivo propuesto.Ir a la Sentencia
C-429 2020 CRISTINA PARDO SCHLESINGER Asunto: Acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo 152 de la Ley 906 de 2004, por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal Demandantes: Mauricio Pava Lugo y Luis Alejandro Ramírez Álvarez LIBERTAD DE PRENSA-Limitaciones sujetas a examen constitucional estricto la Corte Constitucional ha concluido que las limitaciones deben: (i) estar formuladas precisa y taxativamente en una Ley de la República; (ii) perseguir el logro de finalidades imperiosas definidas de manera concreta y específica, como la necesidad de preservar los derechos de carácter fundamental, tales como la intimidad, el buen nombre y la prohibición de discriminación, o para preservar la seguridad y el orden público, o la moralidad pública; (iii) ser apta, apropiada o efectivamente conducente para el logro de dicho objetivo; (iv) la incidencia de la limitación sobre la libertad de expresión deberá ser proporcionada, garantizándose que entre el fin buscado y el alcance de la limitación se logre un equilibrio adecuado y (v) ser posteriores y no constituir censura Ir a la Sentencia
C-135 2021 GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO. Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 55 de la Ley 29 de 1944, Por la cual se dictan disposiciones sobre prensa. Demandantes: Ana Bejarano Ricaurte y otros. LIBERTAD DE PRENSA y su efecto paralizador ocurre cuando, en el ejercicio periodístico, un medio de comunicación o persona se disuade de emitir determinada información, en razón de las posibles consecuencias civiles o penales de carácter desproporcionado que le pueden ser impuestas. Se incurre en autocensura, al considerar que, aun cuando la información sea cierta, adquirida y emitida de buena fe, un eventual proceso judicial puede imponer cargas o sanciones que la persona no está en capacidad o disposición de soportar. Esto, además, genera un efecto dominó en el resto de agentes y operadores periodísticos que interrumpe el libre flujo de la información en el sistema democrático. Ir a la Sentencia
T-145 2019 CRISTINA PARDO SCHLESINGER Corporación colombiana de Padres y Madres – RED PAPAZ contra Caracol Televisión S.A. y RCN Televisión S.A., integrantes del Consorcio de Canales Nacionales Privados – CCNP. La Corte concluyó que la libertad de imprenta y difusión de la información no debe tener más límites que los constitucionales y los establecidos en los tratados internacionales. Así, cualquier interferencia, directa o indirecta, sobre la difusión de información que limite su circulación puede ser catalogado como censura previa. Ir a la Sentencia
SU-056 1995 Antonio Barrera Carbonell Rosmery Montoya Salazar, Margarita Vásquez Arango y Libia González de Fonnegra. DEMANDADOS: Germán Castro Caycedo, Lucrecia Gaviria Diez y Editorial Planeta. esta es una tutela contra Germán Castro Caycedo, Lucrecia Gaviria Díez y Editorial Planeta Colombiana S.A., con el objeto de que se protejan los derechos de la accionante a la privacidad, buen nombre e integridad moral, presuntamente vulnerados por la publicación del libro "La Bruja". La tutela se niega y se explicó que a diferencia de la información sobre hechos y opiniones transmitida a través de los medios de comunicación, los libros que van más allá de la descripción de hechos y constituyen creaciones de sus autores, están protegidos por la libertad de expresión, en particular contra modificaciones por parte de las autoridades públicas, dado su carácter intangible; pero que esta protección cesa, y procede la rectificación o corrección del contenido, cuando el propósito del libro es difundir informaciones inexactas o imparciales, o cuando afecta los derechos fundamentales de terceros, Ir a la Sentencia
C-650 2003 Manuel José Cepeda Espinosa Objeciones Presidenciales al Proyecto de Ley No. 030 de 2001, 084 de 2001 – acumulados Cámara, número 278 de 2002 Senado, por medio de la cual se reconoce legalmente la profesión de comunicador social y periodista y se dictan otras disposiciones La Corte explicó que la libertad de expresión, en su acepción genérica, comprende varios derechos fundamentales específicos, íntimamente ligados pero conceptual y prácticamente diferenciables, con un objeto específico, “el derecho a la libertad de expresión en su acepción genérica abarca diferentes derechos fundamentales específicos”. Ir a la Sentencia
T-535 2003 Eduardo Montealegre Lynett Alvaro Montenegro García contra la Universidad de los Andes "El accionante considera que fue injustamente despedido de su cargo de profesor de la Universidad de los Andes, debido a la publicación de algunos escritos mediante los cuales criticaba la gestión administrativa de Rudolf Hommes. La Corte Constitucional resaltó el hecho de que la libertad de expresión se vincula estrechamente con la posibilidad de manifestar conceptos subjetivos u opiniones sobre temas que interesan socialmente, dentro de un sistema político democrático, pluralista, que permite a toda persona comunicar su pensamiento y así participar activamente en la vida social y comunitaria, limitando también el ejercicio del poder político.Ir a la Sentencia
T-213 2004 EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT. Elizabeth Alcalá Jiménez en contra de Luis Armando Carpio Caicedo. "En esta decisión se estudia si el accionado violó los derechos al buen nombre y a la honra de una fiscal, al cuestionar, en el libro “La corrupción de la justicia en Colombia –Proponen robo al Estado, la imparcialidad y rectitud con las cuales actuó y adoptó las decisiones judiciales mencionadas en el mismo libro. La tutela es negada y aquí la Corte explica que los libros, a diferencia de los medios masivos de comunicación, no causan un impacto tan fuerte en el receptor porque permiten un mayor margen para la reflexión individual sobre el contenido de la información que se recibe. Ir a la Sentencia
T-391 2007 MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA Radio Cadena Nacional S.A. - RCN en contra del Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Tercera. En esta decisión se señala que cuando se presentan conflictos entre la libertad de información y expresión y otros derechos, se debe dar prevalencia, en principio, a éstas, pues este carácter privilegiado de la libertad de expresión y de información se deriva de su importancia con el libre mercado de ideas para la ciudadanía en el marco de una democracia. Ir a la Sentencia
T-218 2009 Mauricio Gonzalez Cuervo Angelino Garzón. Accionado: Diego Martínez Lloreda y el diario El País Angelino Garzón, exgobernador del departamento del Valle, formuló demanda de tutela con ocasión de la columna de opinión escrita en el periódico El País, de Cali, el 18 de abril de 2008, considerada por el actor como violatoria de sus derechos al debido proceso, honra y presunción de inocencia. La Corte confirma la decisión que amparó los derechos del accionante. de igual forma manifiesta que el periodista cuenta con ese derecho, aún cuando su opinión no se base en hechos, sino en meras especulaciones subjetivas. Por lo tanto, la opinión expresada, por corresponder a un concepto subjetivo e interno de las personas, no puede ser objeto de rectificación alguna. Ir a la Sentencia
T-219 2009 Mauricio González Cuervo Accionante: José Alfredo Escobar Araújo. Accionado: Director de la revista Semana Se trata de una tutela interpuesta por el ciudadano José Alfredo Escobar Araujo (accionante), Presidente del Consejo Superior de la Judicatura en la época de los hechos, contra la revista Semana, representada por su Director, el periodista Alejandro Santos. El alto tribunal constitucional indicó con respecto a la veracidad e imparcialidad que “tales exigencias no se predican de las columnas de opinión dado que la sociedad debe asumir como parte del pluralismo que se reivindica, incluso las opiniones y expresiones subjetivas que causen molestia o afecten el amor propio de las personas”." Ir a la Sentencia
T-263 2010 Juan Carlos Henao Pérez Clímaco Pinilla Poveda y Fabio Hernández Cubillos contra el Alcalde del Municipio de Fusagasugá, Fusa TV, Toca Estéreo y la Emisora Nueva Época. En la tutela se dice que tras haberse constituido un comité de revocatoria del mandato del Alcalde Municipal de Fusagasugá, este servidor público – a través de varios medios de comunicación – llevó a cabo diversas alocuciones al respecto.Finalmente, en los hechos del caso bajo estudio se evidencia que las alocuciones del burgomaestre se difundieron a través de diferentes medios de comunicación, como la televisión y la radio. Con base en lo anterior, se pide varios accionantes alegan la vulneración de sus derechos fundamentales por las mencionadas alocuciones del alcalde. La tutela amparo las garantías de los accionantes y la Corte sostuvo: “La libertad de expresión, al igual que las libertades de información y opinión son piedras angulares de cualquier sociedad democrática" Ir a la Sentencia
C – 592 2012 Jorge Iván Palacio Actor: José Gregorio Hernández Galindo En esta decisión se diferencia entre el derecho a la libertad de expresión y la propaganda comercial. Para la Sala, la publicidad y la propaganda comercial no gozan del mismo grado de protección constitucional que la libertad de expresión y los contenidos que a ésta le son propios, toda vez que la libertad de expresión cuenta con un lugar prevalente en nuestro sistema democrático, siendo una garantía para la vigencia de una opinión pública libre y adecuadamente informada; la opinión pública libre es presupuesto estructural del Estado de derecho, de la democracia participativa y del pluralismo; la libertad de expresión en su esencia es mecanismo para controlar el ejercicio del poder y hacer posible la deliberación ciudadana sobre asuntos de interés general." Ir a la Sentencia
T – 550 2012 Nilson Pinilla Federico José Linero Mesa contra la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. En esta tutela se resuelve un caso en el que las directivas de una institución universitaria deciden expulsar a un estudiante por comentarios e insultos contra las directivas a través de Facebook, a través de un proceso disciplinario. En la tutela se concede la razón a la Universidad. Ir a la Sentencia
T – 904 2013 María Victoria Calle Correa Acción de tutela presentada por Sandra Morelli Rico en representación de su hijo GBM, con la coadyuvancia de Jorge Enrique Cruz Feliciano en representación de su hijo CACP, Mario Fernando Albán Díaz del Castillo en representación de su hijo MAR y Andrés Collazos Vaccaro y Martha Lucía Sánchez Blanco en representación de su hijo JPCS, contra Iván Serrano (reportero de Noticias Uno), Cecilia Orozco Tascón (periodista de El Espectador) y Canal Uno – Noticias Uno – La Red Independiente. En esta tutela interpuesta por Sandra Morelli Rico en representación de su hijo menor de edad y otras personas también en representación de sus hijos menores, contra un noticiero de televisión, se solicita la protección de los derechos fundamentales a la seguridad e integridad física, en conexidad con el derecho a la vida, imagen, intimidad, buen nombre, derecho a la recreación, deporte y esparcimiento, libre desarrollo de la personalidad y desarrollo del proceso educativo de los menores, por divulgar imágenes en las que aparecen los menores. Lo anterior, en alusión a una noticia relacionada con un conflicto entre vecinos donde estaba involucrada la excontralora Morelli. En la decisión se concede el amparo y se ordena eliminar de las imágenes presentadas el rostro de los menores. Ir a la Sentencia
T-277 2015 María Victoria Calle Correa Gloria contra la Casa Editorial El Tiempo La señora Gloria solicitó al juez de tutela que protegiese sus derechos fundamentales al buen nombre, intimidad, debido proceso, petición y al trabajo, que consideró lesionados por parte de la Casa Editorial El Tiempo, luego de que en una publicación aquel medio informara de la captura y posterior vinculación de la accionante a un proceso penal por el delito de trata de personas. A juicio de la accionante, la negativa de El Tiempo a eliminar dicha publicación, pese a conocer que la actora nunca fue vencida en juicio hace necesaria la intervención del juez de tutela.Ir a la Sentencia