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DIARIO OFICIAL AÑO CV. N. 32681. 28, DICIEMBRE, 1968. PÁG. 7.
LEY 70 DE 1968
(diciembre 26)
Por la cual se ordena la ampliación y dotación del Amparo de Niños de la ciudad de Girardot
ESTADO DE VIGENCIA: Vigencia en Estudio. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º La Nación procederá a entregar la suma de quinientos mil pesos ($ 500.000.00) moneda corriente a la Junta Directiva del Amparo de Niños de la ciudad de Girardot (Departamento de Cundinamarca), para que proceda a la ampliación de su edificio.
Artículo 2º La Nación por intermedio del Ministerio de Justicia y con cargo al Departamento de Menores entregará mensualmente al Amparo de Niños de Girardot y para sus gastos de funcionamiento la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente.
Artículo 3º El Gobierno Nacional incluirá en el presupuesto de la actual vigencia estas partidas y en caso de no hacerlo queda facultado para verificar en las próximas vigencias los traslados presupuestales que sean necesarios para darle cumplimento a la presente Ley.
Dada en Bogotá, D.E., a 28 de noviembre de 1968.
El Presidente del Senado,
MARIO S. VIVAS
El Presidente de la Cámara de Representantes,
RAMIRO ANDRADE TERAN
El Secretario del Senado,
Amaury Guerrero.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Adriano Tribín Piedrahita.
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., a 26 de diciembre de 1968.
Publíquese y ejecútese.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Justicia, Fernando Hinestrosa. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, AbdónEspinosa Valderrama.