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DIARIO OFICIAL. AÑO IX. N.2857. 31, MAYO, 1873. PAG. 1.
RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
LEY 80 DE 1873
(mayo 24)
Que reforma la de 8 de mayo de 1872, “que prohíbe la pesca de la concha de madre-perla, con máquina, en algunos puntos del Estado de Panamá, i ordena al Poder Ejecutivo reglamente la pesca de la concha i otros moluscos.”
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
DECRETA:
En tales términos queda reformada la lei citada
Dada en Bogotá, a diez i nueve de mayo de mil ochocientos setenta i tres.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, M. PLATA AZUERO
El Presidente de la Cámara de Representantes, JOSÉ MARÍA MALDONADO N.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, Julio E. Pérez
El secretario de la Cámara de Representantes, José María Quijano Otero.
Bogotá, 24 de mayo de 1873
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) M. MURILLO.
El Secretario de Hacienda i Fomento,
AQUILEO PARRA.