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DIARIO OFICIAL. AÑO XCV. N 29701. 30, JUNIO, 1958. PÁG. 4.
RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
DECRETO 174 DE 1958
(mayo 28)
Por el cual se modifica el Decreto número 0118 de 1957, y se fomenta la vivienda familiar para los trabajadores
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
Subtipo: DECRETO LEGISLATIVO
La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO
Que el establecimiento del subsidio familiar tiene por objeto básico la defensa integral de la familia;
Que el suministro de la vivienda a la familia es factor decisivo para la tranquilidad social, y
Que es deber del Gobierno Nacional procurarla por todos los medios a su alcance,
DECRETA
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de mayo de 1958.
Mayor General GABRIEL PARIS G.,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca. - Vicealmirante Rubén Piedrahita Arango. - Brigadier General Rafael Navas Pardo. - Brigadier General Luis E. Ordóñez C.
El Ministro de Gobierno, Mayor General Pioquinto Rengifo. - El Ministro de Relaciones Exteriores, Carlos Sanz de Santamaría- El Ministro de Justicia, Rodrigo Noguera Laborde. - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda. - El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Saíz Montoya. - El Ministro del Trabajo Raimundo Emiliani Román. - El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás. - El Ministerio de Fomento, Harol H. Eder. - El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César Turbay Ayala. - El Ministro de Educación Nacional; Alonso Carvajal Peralta. - El Ministro de Comunicaciones, Brigadier General Alfonso AhumadaRuiz. - El Ministro de Obras Públicas, Roberto Salazar Gómez.