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DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIX. N. 25432. 29, DICIEMBRE, 1943. PÁG. 4.
RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
LEY 87 DE 1943
(diciembre 29)
Por la cual se establece una cooperación entre la Nación y los Departamentos e Intendencias para la construcción de carreteras y caminos de herradura
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
Decreta:
Dada en Bogotá a quince de diciembre de mil novecientos cuarenta y tres.
El Presidente de Senado, PARMENIO CARDENAS, El Presidente de la Cámara de Representantes, EMILIO LEBOLO DE LA E. El Secretario del Senado, Carlos Arturo Bossa - El Secretario de la Cámara de Representantes, Andrés Chaustre B.
Órgano ejecutivo - Bogotá, 29 de diciembre de 1943.
Publíquese y ejecútese
DARIO ECHANDIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público Carlos LLERAS RESTREPO, El Ministro de Obras Públicas, Mario Forero Cortés.